DECRETO 4708 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 4708 DE 2009    

(noviembre 30)    

por el cual se crea el Comité  Técnico del Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad, SIES, y se dictan otras  disposiciones    

Nota 1: Ver Decreto 1066 de 2015  – Decreto  Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.    

Nota 2: Derogado parcialmente por el Decreto 399 de 2011.    

El Ministro del Interior y de Justicia de la República de  Colombia, delegatario de funciones presidenciales en virtud del Decreto 4596 de 2009,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  conferidas por los numerales 4 y 11 del artículo 189 de la Constitución Política,  en concordancia con el artículo 45 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que a través del Documento Conpes  3437 del 4 de agosto de 2006, se aprobó la implementación del proyecto “Sistema Integrado de  Emergencias y Seguridad, SIES”, ante la necesidad de la integración, coordinación y trabajo sinérgico entre  la Fuerza Pública y los organismos de seguridad y emergencias del Estado y con  el fin de dotar a las autoridades de nuevas herramientas para la prevención,  disuasión, control y mitigación en la comisión de delitos y atención y  prevención de desastres.    

Que a través del Decreto 4366 de 2006,  se regula la operatividad de los Sistemas Integrados de Emergencias y  Seguridad, SIES, se establecen requisitos para que los departamentos y  municipios soliciten su financiación o cofinanciación;  prevé los subsistemas que lo conforman y los responsables de su dirección y  operatividad.    

Que el Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad,  SIES, tiene como objetivo fijar los parámetros generales para la implementación  de un centro de gestión de emergencias y seguridad que permita atender  oportunamente las necesidades de la comunidad, buscando actuar en la prevención  de consecuencias mayores bajo un esquema integrado e interoperable.    

Que el documento Conpes 3437 de  2006 ha previsto que el SIES preste el servicio en 8 regiones de Colombia, con  cobertura para los 32 departamentos. Estas regiones se dividirán de acuerdo a  la parametrización de la Policía Nacional en 32  Comandos (SIES Departamentales) y 194 Distritos (SIES Locales).    

Que en el Documento Conpes se  recomienda conformar un Comité Técnico con la participación del Departamento  Nacional de Planeación, DNP, el Ministerio del Interior y de Justicia, el  Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Defensa Nacional,  con el fin de estructurar un plan de ejecución, teniendo en cuenta el marco  fiscal de mediano plazo y el marco de gasto de mediano plazo.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Creación. Creáse el Comité Técnico del  Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad, SIES, con el objeto de  estructurar un plan de ejecución, teniendo en cuenta el Marco Fiscal de Mediano  Plazo y el Marco de ‘‘Gasto de Mediano Plazo.    

Artículo 2°. Integración. El Comité Técnico estará integrado así:    

a) El Ministro del Interior y de Justicia o su delegado,  quien lo presidirá;    

b) El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su  delegado;    

c) El Ministro de Defensa Nacional o su delegado;    

d) El Director del Departamento Nacional de Planeación o  su delegado;    

Parágrafo 1° Podrán ser invitados al Comité Técnico del SIES,  miembros de la Fuerza Pública, servidores públicos y personas u organizaciones  que el Comité considere oportuno para el efectivo cumplimiento de sus  funciones.    

Parágrafo 2° Los delegados que se designen deben tener  poder de decisión.    

Artículo 3°. Reuniones. El Comité Técnico del SIES se reunirá por derecho propio una vez al mes o  de manera extraordinaria, cuando lo considere necesario su Presidente o  cualquiera de los miembros.    

Artículo 4°. Funciones del Comité Técnico del SIES. Serán  funciones del Comité, las siguientes:    

1. Estructurar la financiación del SIES, para lo cual  evaluará posibilidades de cooperación internacional u operaciones de crédito.    

2. Escoger los municipios en los cuales el proyecto será  financiado en su totalidad por la Nación.    

3. Determinar los proyectos SIES y sus adiciones, que  serán financiados o cofinanciados, de conformidad con lo establecido en el Decreto 4366 de 2006  y demás normas que lo modifiquen o adicionen.    

4. Evaluar y estructurar las vigencias futuras, en el  evento que se requieran y requerir al Ministerio del Interior y de Justicia  para que adelante el trámite pertinente.    

5. Establecer su reglamento interno.    

6. Todas las demás que sean propias de la naturaleza  específica de su actividad.    

Artículo 5°. Secretaría Ejecutiva. La Secretaría Ejecutiva del Comité estará a cargo del  Director de Infraestructura del Ministerio del Interior y de Justicia o su  delegado.    

Artículo 6°. Funciones. Son funciones de la Secretaría Ejecutiva del Comité:    

a) Apoyar al Comité Técnico en la promoción y  coordinación de las acciones dirigidas al cumplimiento de sus funciones;    

b) Convocar a las entidades que conforman el Comité para  efectuar las reuniones ordinarias o extraordinarias, previa solicitud del  Presidente o de cualquiera de sus miembros.    

c) Orientar y preparar los soportes técnicos para el  cumplimiento de las funciones propias del Comité.    

d) Hacer seguimiento a las tareas que se adquieran en las  reuniones del Comité.    

e) Elaborar las actas de las reuniones y someterlas a  aprobación de los miembros del Comité.    

f) Todas las demás que sean afines a su actividad.    

Artículo 7°. Adición. Adiciónase el artículo 10 del Decreto 2615 de 1991,  con el siguiente numeral:    

“11. Evaluar y determinar la necesidad de gestionar ante  las autoridades competentes la implementación del Sistema SIES en la respectiva  jurisdicción y efectuar seguimiento al mismo”.    

Artículo 8°. Derogado  por el Decreto 399 de 2011,  artículo 20. Adición. Adiciónase el  artículo 8° del Decreto 2170 de 2004, con el siguiente numeral:    

“4. Evaluar y determinar la necesidad de gestionar ante las autoridades  competentes la implementación del Sistema SIES en la respectiva jurisdicción y  efectuar seguimiento al mismo”.    

Artículo 9°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y  modifica en lo pertinente los Decretos 2615 de 1991 y 2170 de 2004.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de noviembre de 2009.    

FABIO VALENCIA COSSIO    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

El Ministro de Hacienda y Crédito,    

Oscar Iván Zuluaga.    

El Ministro de Defensa Nacional,    

Gabriel Silva Luján.    

El Director Nacional de Planeación,    

Esteban Piedrahíta Uribe.    

               

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