DECRETO 4653 DE 2008
(diciembre 10)
por el cual se efectúa el nombramiento de un notario en cumplimiento de una orden judicial.
Nota: Modificado parcialmente por el Decreto 5041 de 2009.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, que le confiere el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que mediante fallo de tutela proferido el 25 de noviembre de 2008 por el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca – Sala Jurisdiccional Disciplinaria – Proceso número 2008-6553 00, se ordenó:
“Primero. Tutelar el derecho al debido proceso, igualdad y acceso a cargos públicos, del señor Nibardo Agustín Fuertes Morales y en consecuencia ordenar al Consejo Superior de la Carrera Notarial que, sin perjuicio de la aplicación de las decisiones adoptadas con relación a este trámite de selección por parte de las demás autoridades, proceda a realizar, en el término máximo de 48 horas, contadas a partir de la notificación de esta providencia, el trámite pertinente para comunicar a las autoridades competentes, previa verificación de los requisitos a que haya lugar, el derecho que le asiste al señor Nibardo Agustín Fuertes Morales como Notario del Círculo de Bogotá, según el orden de prevalencia que realizó al momento de inscribirse como concursante, atendiendo que para verificar el derecho que le asiste, deben tenerse en cuenta los efectos reflejados en su puntaje, por la suspensión provisional del artículo 11 del Acuerdo 01 del 2006.
Segundo. Ordenar al Presidente de la República y al Ministerio del Interior y de Justicia que realice las actuaciones administrativas necesarias para garantizar la posesión del señor Nibardo Agustín Fuertes Morales como Notario de esta ciudad, atendiendo los criterios consignados en la parte motiva de esta decisión.
Tercero. Ordenar que en caso de no ser impugnada esta decisión sea remitida para su eventual revisión a la Corte Constitucional”.
Por lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. En cumplimiento de lo dispuesto en sentencia de tutela proferida el 25 de noviembre de 2008 por el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca – Sala Jurisdiccional Disciplinaria -, en el Proceso número 2008-6553 00, nómbrase en propiedad, al doctor Nibardo Agustín Fuertes Morales, identificado con la cédula de ciudadanía número 12968659, como Notario Setenta del Círculo de Bogotá, D. C.
Artículo 2°. Como consecuencia de lo anterior desvincúlese del servicio como Notaria Setenta del Círculo de Bogotá, D. C., a la doctora Margoth Salinas Bernal, identificada con cédula de ciudadanía número 51899326.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de diciembre de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.