DECRETO 4632 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO 4632 DE 2008    

(diciembre 5)    

por el cual se hace  efectiva una sanción disciplinaria impuesta al Notario Segundo del Círculo de  Bogotá.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 172 de la Ley 734 de 2002, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Superintendencia Delegada para el  Notariado, mediante fallo de primera instancia del 25 de abril de 2008,  proferido dentro de la Investigación Disciplinaria número 23200/2006, impuso  sanción disciplinaria consistente en suspensión en el ejercicio del cargo por  el término de dos (2) meses, al señor Jaime Díaz Rodríguez, identificado con la  cédula de ciudadanía número 17170343, en su condición de Notario Segundo del  Círculo de Bogotá;    

Que mediante providencia del 29 de agosto de  2008 la Superintendente de Notariado y Registro, resolvió el recurso de  apelación, confirmando la sanción impuesta en primera instancia;    

Que según constancia suscrita por la  Secretaria General de la Superintendencia de Notariado y Registro la anterior  providencia quedó debidamente ejecutoriada el 29 de agosto de 2008;    

Que en la Resolución 6062 del 29 de agosto de  2008, que resuelve el recurso de apelación se deja constancia secretarial de su  ejecutoria;    

Que conforme al artículo 172 numeral 3 de la Ley 734 de 2002,  corresponde al nominador hacer efectivas las sanciones disciplinarias que se  impongan a los servidores públicos de libre nombramiento y remoción o de  carrera;    

Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del  Consejo de Estado, en pronunciamiento del 28 de julio de 1994, Radicación 624,  conceptuó que los actos mediante los cuales el Presidente de la República da  cumplimiento a una sanción a instancias de autoridad competente, son de  ejecución y contra los mismos no cabe recurso alguno, de conformidad con lo  dispuesto en el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo,    

DECRETA:    

Artículo 1°. En cumplimiento de lo dispuesto  por el Superintendente Delegado de Notariado en la Resolución número 2803 del  25 de abril de 2008 confirmada por la Superintendente de Notariado y Registro,  según Resolución 6062 del 29 de agosto de 2008, hágase efectiva la sanción de  suspensión en el ejercicio del cargo por el término de dos (2) meses, al señor  Jaime Díaz Rodríguez, identificado con la cédula de ciudadanía número 17170343  en su condición de Notario Segundo del Círculo de Bogotá.    

Artículo 2°. Por la Secretaría General de la  Superintendencia de Notariado y Registro, comuníquese este decreto a la  Procuraduría General de la Nación para los fines previstos en el artículo 174 de  la Ley 734 de 2002 y  ordénese el archivo en la hoja de vida del señor Jaime Díaz Rodríguez, para que  obre como antecedente disciplinario del mismo.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su expedición y contra él no procede recurso alguno, de  conformidad con el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.    

Comuníquese, publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 5 de diciembre de  2008.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia  Cossio.    

               

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