DECRETO 4622 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO  4622 DE 2009     

(noviembre  26)    

por el cual se otorga el Premio Colombiano a la  Innovación Tecnológica Empresarial para las Mipymes  del año 2009.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades  constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 1286 de 2009, el Decreto 1780 de 2003,  4490 de 2006, y    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo al artículo 17 de la Ley 1286 de  enero 23 de 2009, establece que se debe propiciar la generación y uso del  conocimiento, a través del desarrollo científico, tecnológico y la innovación,  como actividades esenciales para darle valor agregado a nuestros recursos,  crear nuevas empresas basadas en investigación, desarrollo tecnológico e innovación,  alcanzar mayores y sostenidas tasas de crecimiento económico, acumulación y  distribución de riqueza, con el objeto de mejorar los niveles de calidad de  vida de los ciudadanos.    

Que mediante el Decreto 1780 de 2003  modificado por el Decreto  4490 de diciembre 19 de 2006, se crea el Premio Colombiano a la Innovación  Tecnológica Empresarial para las Mipymes Innova, como  estímulo a la investigación aplicada, creatividad, diseño, innovación  tecnológica empresarial y/o industrial de las empresas.    

Que el Jurado del Premio Colombiano a la Innovación Tecnológica Empresarial  para las Mipymes, en reunión realizada el día 23 de  noviembre de 2009, previo análisis de las empresas que merecen ser reconocidas  y exaltadas por su cultura innovadora, en cada una de las categorías  establecidas, seleccionó a las mejores empresas innovadoras del año 2009.    

Que de conformidad con el considerando anterior fueron seleccionadas como  finalistas en la categoría de Microempresa, Modalidad de Innovación: HELIO INGENIERIA LTDA., RESIDUOS VALORIZADOS E.U.  (RESIVAL), LICORES EXOTICOS  DE COLOMBIA LTDA., GBS-GLOBAL BUSINESS  SOLUTIONS LTDA., C.I VHERA LUCCI S.A., DEINTEKO LTDA. DESARROLLO E INTEGRACION  DE TECNOLOGIA Y COMUNICACIONES, CHICALA,  INVERSIONES VANGUARDIA S.A., R&V ELECTRONICA LTDA., INDUSTRIA QUIMICA  PHANAMERICANA LTDA., FUNDACION  PARA EL DESARROLLO DE HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS PARA  AYUDA HUMANITARIA HETAH. TECNOALIMENTICA  LTDA. En la Modalidad de Diseño: FVT S.A., H&H INGENIERIA ELECTRONICA LTDA.    

Que en la categoría de la Pequeña Empresa, Modalidad Innovación fueron  seleccionadas como finalistas las siguientes: IMETI  LTDA., DR. CALDERON ASISTENCIA TECNICA  AGRICOLA LTDA., TINNIT  PRODUCCIONES LTDA., ZEROFRACTAL SAS, RC SCREEN, SOPORTES TERAPEUTICOS LTDA., C.I DENTAL XRAY E.U., SERVIGAS  OXIGENAR LTDA. En la Modalidad de Diseño: CODIMEC  LTDA.    

Que  en la categoría de Mediana Empresa, Modalidad Innovación fueron seleccionadas  como finalistas las siguientes: FF SOLUCIONES S. A.;  CANTERAS DE LOS ANDES S. A., UBIQUANDO S. A., DISPROEL S. A., FABRICANTES ANDINOS DE MECANISMOS S. A. “FAMEC”. En la Modalidad de Diseño SERVICIO DE INGENIERIA MECANICA DE COLOMBIA –  SEVIMECOL LTDA.    

Que  en la categoría de Alianza Universidad-Empresa, Modalidad Innovación fueron  seleccionadas como finalistas: CERO K LIMITADA, CENTRO TECNOLOGICO  CONVERGAS LTDA. En la Modalidad de Diseño: No hubo  finalista.    

Que  las empresas finalistas en el año 2009, en las diferentes categorías  establecidas en el Premio Colombiano a la Innovación Tecnológica Empresarial  para las Mipymes, se han destacado por su nivel de  excelencia en el campo de la innovación tecnológica empresarial, diseño y en  especial por su cultura innovadora, con lo cual han contribuido a la innovación  tecnológica empresarial, al cierre de brechas tecnológicas y a mejorar la  productividad y competitividad en sus empresas y sectores.    

Que  con base en los considerandos anteriores, y previo el  análisis pertinente, el Jurado del Premio Colombiano a la Innovación  Tecnológica Empresarial para las Mipymes, recomienda:    

Categoría  Microempresa Modalidad Innovación: Primer Puesto a: HELIO INGENIERIA LTDA., Segundo Puesto a: RESIDUOS VALORIZADOS E.U. (RESIVAL), y Tercer Puesto  a: LICORES EXOTICOS DE COLOMBIA LTDA.    

Categoría  Pequeña empresa Modalidad Innovación: Primer Puesto a: TINNIT PRODUCCIONES LTDA., Segundo Puesto a: C.I DENTAL XRAY E.U, y Tercer Puesto a: IMETI  LTDA.    

Categoría  Mediana empresa Modalidad Innovación: Primer Puesto a: CANTERAS  DE LOS ANDES S. A., Segundo y Tercer Puesto se declaró desierto, por considerar  el jurado que ninguna de las finalistas a pesar de la innovación lo que se  requiere son proyectos de mayor impacto.    

Categoría  de Alianza Universidad-Empresa, Modalidad Innovación: Se  declaró desierta, por cuanto el jurado consideró que ninguna de las finalistas  a pesar de la innovación y la alianza existente lo que se requiere son  proyectos de mayor impacto.    

Categoría  de Microempresa, Modalidad de Diseño: Primer Puesto: FVT S. A.    

Categoría  de Pequeña empresa, Modalidad de Diseño: El jurado consideró  declarar desierta la modalidad de diseño por cuanto la única empresa finalista  no cumplía con los requisitos para ser un diseño industrial.    

Categoría  Mediana empresa Modalidad Diseño: Primer Puesto: SERVICIO  DE INGENIERIA MECANICA DE  COLOMBIA – SEVIMECOL LTDA.    

En  el ámbito regional: El Jurado recomienda a la empresa: SERVIGAS OXIGENAR LTDA., que sin ganar merece un estímulo  por los logros alcanzados.    

El  Premio a la mejor empresa innovadora: Se declara desierto por considerar el  Jurado que todas las que ocuparon el primer lugar de cada categoría (Micro,  Pequeña y Mediana Empresa) están en igualdad de condiciones.    

DECRETA:    

Artículo  1°. Reconocer y exaltar a las micro, pequeñas y medianas empresas, en cabeza de  su representante legal, que se han destacado como las mejores innovadoras del  país del año 2009 así:    

Categoría  Microempresa Modalidad Innovación: Primer Puesto a: HELIO INGENIERIA LTDA., Segundo Puesto a: RESIDUOS  VALORIZADOS E.U. (RESIVAL),  y Tercer Puesto a: LICORES EXOTICOS DE  COLOMBIA LTDA. Modalidad de Diseño: Primer Puesto: FVT  S. A.    

Categoría  Pequeña Empresa Modalidad Innovación: Primer Puesto a: TINNIT PRODUCCIONES LTDA., Segundo Puesto a: C.I DENTAL XRAY E.U, y Tercer Puesto a: IMETI  LTDA. Modalidad de Diseño: Desierta. El jurado consideró que la única empresa  finalista no cumplía con los requisitos para ser un diseño industrial.    

Categoría  Mediana empresa Modalidad Innovación: Primer Puesto a: CANTERAS DE LOS  ANDES S. A., Segundo Puesto y Tercer Puesto: Se declaró desierto por considerar  el jurado que ninguna de las finalistas a pesar de la innovación, lo que se  requiere son proyectos de mayor impacto. Modalidad Diseño: Primer Puesto:  SERVICIO DE INGENIERIA MECANICA  DE COLOMBIA – SEVIMECOL LTDA.    

Categoría  de Alianza Universidad-Empresa, en las Modalidades de Innovación y Diseño: Se  declaró desierta por parte del Jurado, por considerar que ninguna de las  finalistas a pesar de la innovación y la alianza existente lo que se requiere  son proyectos de mayor impacto.    

En  el ámbito regional: El Jurado recomienda a la empresa: SERVIGAS  OXIGENAR LTDA., que sin ganar, merece un estímulo por los logros alcanzados.    

El  Premio a la mejor empresa innovadora: Se declaró desierta. El Jurado consideró  que todas las empresas que ocuparon el primer lugar de cada categoría (Micro,  Pequeña y Mediana Empresa) están en igualdad de condiciones.    

Artículo  2°. Otorgar condecoración y reconocimiento público, por su cultura innovadora a  todas las empresas mencionadas en el artículo primero del presente decreto. Las  empresas que ocuparon los primeros, segundos y terceros lugares, así como la  del ámbito regional, recibirán entre otros, uno o varios de los siguientes  beneficios: Apoyo para que representen al país en eventos y ferias nacionales o  internacionales sobre innovación o desarrollo tecnológico, asistencia técnica  nacional o internacional, apoyo para capacitación especializada, para realizar  procesos de patentamiento en el ámbito nacional o  internacional y la realización de proyectos estratégicos comerciales o de  gestión empresarial o tecnológica, con el fin de promover y contribuir al  adelanto tecnológico y la cultura innovadora de estas empresas.    

Artículo 3°. Los incentivos a que se hace  referencia en el presente decreto y monto de los mismos, serán otorgados a  través del Fondo Colombiano de Modernización y Desarrollo Tecnológico de las  Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, Fomipyme, cuenta  adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.    

Los ganadores beneficiarios de dichos incentivos podrán solicitar los  mismos, dentro de los cuatro meses siguientes contados a partir de la fecha de  expedición del presente decreto y de acuerdo con el procedimiento que para este  caso señale el Fomipyme. De lo contrario, se  considerará que desisten de dichos beneficios.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de noviembre de 2009.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,    

Luis Guillermo Plata Páez.    

               

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