DECRETO 4617 DE 2008
(diciembre 5)
por el cual se efectúa un nombramiento en encargo en la Notaría Sesenta y Seis del Círculo de Bogotá, D. C.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 5° del Decreto 2163 de 1970 y 66 numeral 2, literal c), del Decreto 2148 de 1983,
CONSIDERANDO:
Que las Notarías del Círculo de Bogotá son de Primera Categoría, y conforme al artículo 5° del Decreto 2163 de 1970, los Notarios de Primera Categoría son nombrados por el Gobierno Nacional;
Que el Notario Sesenta y Seis (66) del Círculo de Bogotá, doctor Jaime Alberto Rodríguez Cuestas, fue designado como Notario Trece (13) del mismo Círculo, en propiedad, en virtud del Decreto número 3617 de 22 de septiembre de 2008, cargo que debe asumir a partir del 1° de diciembre de 2008;
Que en virtud de esa designación, la Notaría Sesenta y Seis (66) del Círculo de Bogotá queda vacante, y la Lista de Elegibles de Bogotá, adoptada por el Acuerdo 142 de 2008 del Consejo Superior, no puede hacerse efectiva en su totalidad ante la decisión cautelar de suspensión provisional de algunos de sus puntajes adoptada por la Juez Cuarta Administrativa de Ibagué, confirmada por el Tribunal Administrativo del Tolima. Por esta razón no es posible designar un Notario en propiedad pero debe garantizarse la continuidad del servicio notarial, mediante el nombramiento de quien haya de reemplazarlo, en encargo;
Que con fundamento en la certificación expedida por la Superintendente de Notariado y Registro, el doctor Juan Arciniegas Franco, identificado con la cédula de ciudadanía número 19187491, reúne los requisitos exigidos por el artículo 153 del Decreto ley 960 de 1970 para desempeñarse como Notario de Primera Categoría y no se encuentra en circunstancias que impidan el ejercicio de la función notarial;
Por lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Nómbrase, en calidad de encargado, al doctor Juan Arciniegas Franco, identificado con la cédula de ciudadanía número 19187491, como Notario Sesenta y Seis (66) del Círculo de Bogotá, mientras se provee el cargo en propiedad.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de diciembre de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.