DECRETO 4531 DE 2008
(noviembre 28)
por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio del Interior y de Justicia.
Nota 1: Derogado por el Decreto 2895 de 2011, artículo 7º.
Nota 2: Modificado por el Decreto 494 de 2011, por el Decreto 4754 de 2010 y por el Decreto 3258 de 2009.
Nota 3: Ver Decreto 4585 de 2008 y Decreto 4584 de 2008.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio del Interior y de Justicia presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, el estudio técnico de que tratan los artículos 46 de la Ley 909 de 2004 y 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para modificar la planta de personal del Ministerio del Interior y de Justicia, el cual obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo;
Que se cuenta con la viabilidad presupuestal expedida por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar la planta de personal del Ministerio del Interior y de Justicia,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio del Interior y de Justicia, los siguientes cargos:
Número de Cargos
Denominación del empleo
Código
Grado
Despacho del Ministro
1 (Uno)
Asesor
1020
16
5 (Cinco)
Asesor
1020
15
1 (Uno)
Asesor
1020
14
4 (Cuatro)
Asesor
1020
11
2 (Dos)
Asesor
1020
08
1 (Uno)
Asesor
1020
03
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
20
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
19
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
17
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
15
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
13
1 (Uno)
Profesional Universitario
2044
11
4 (Cuatro)
Técnico
3100
17
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
18
1 (Uno)
Técnico Operativo
3132
14
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
20
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
18
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
13
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
17
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
23
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo 4
210
19
2 (Dos)
Secretario Ejecutivo del Despacho del Ministro
4212
24
Despacho del Viceministro del Interior
1 (Uno)
Asesor
1020
16
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
19
Número de Cargos
Denominación del empleo
Código G
rado
Despacho del Viceministro del Interior
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
15
1 (Uno)
Técnico Operativo
3132
10
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
19
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro
4215
23
Despacho del Viceministro de Justicia
2 (Dos)
Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro
4215
25
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro
4215
23
Planta Global
4 (Cuatro)
Director Técnico
0100
21
2 (Dos)
Jefe de Oficina
0137
20
2 (Dos)
Jefe de Oficina Asesora
1045
14
3 (Tres)
Profesional Especializado
2028
18
14 (Catorce)
Profesional Especializado
2028
16
7 (Siete)
Profesional Especializado
2028
15
13 (Trece)
Profesional Especializado
2028
14
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
13
14 (Catorce)
Profesional Universitario
2044
11
9 (Nueve)
Profesional Universitario
2044
10
5 (Cinco)
Profesional Universitario
2044
08
3 (Tres)
Profesional Universitario
2044
06
4 (Cuatro)
Profesional Universitario
2044
04
2 (Dos)
Profesional Universitario
2044
03
3 (Tres)
Técnico Administrativo
3124
15
6 (Seis)
Técnico Administrativo
3124
13
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
07
2 (Dos)
Técnico Operativo
3132
18
1 (Uno)
Técnico Operativo
3132
15
1 (Uno)
Técnico Operativo
3132
13
2 (Dos)
Técnico Operativo
3132
10
2 (Dos)
Auxiliar Administrativo
4044
17
5 (Cinco)
Auxiliar Administrativo 4044
14
1 (Uno)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
07
1 (Uno)
Operario Calificado
4169
10
1 (Uno)
Secretario
4178
12
1 (Uno)
Secretario
4178
09
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
23
4 (Cuatro)
Secretario Ejecutivo
4210
21
10 (Diez)
Secretario Ejecutivo
4210
19
2 (Dos)
Secretario Ejecutivo
4210
16
Artículo 2°. Las funciones propias del Ministerio del Interior y de Justicia, serán atendidas por la planta de personal que se establece a continuación.
Número de Cargos
Denominación del empleo
Código
Grado
Despacho del Ministro
1 (Uno)
Ministro
0005
3 (Tres)
Asesor
1020
17
3 (tres)
Asesor
1020
16
3 (Tres)
Asesor
1020
15
4 (Cuatro)
Asesor
1020
11
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
21
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
19
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
18
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
17
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
15
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
14
1 (Uno)
Profesional Universitario
2044
11
1 (Uno)
Profesional Universitario
2044
07
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
18
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
17
2 (Dos)
Técnico Administrativo
3124
15
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
14
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
12
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
22
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
21
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
20
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
15
5 (Cinco)
Conductor Mecánico
4103
19
5 (Cinco)
Conductor Mecánico 4103
17
2 (Dos)
Conductor Mecánico
4103
15
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
23
7 (Siete)
Secretario Ejecutivo del Despacho del Ministro
4212
26
3 (Tres)
Secretario Ejecutivo del Despacho del Ministro
4212
25
Número de Cargos
Denominación del empleo
Código
Grado
Despacho del Viceministro del Interior
1 (Uno)
Viceministro
0020
5 (Cinco)
Asesor
1020
15
2 (Dos)
Asesor
1020
11
1 (Uno)
Asesor
1020
08
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
22
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
17
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
15
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
13
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
11
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
18
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
17
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
10
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
19
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
17
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
21
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro
4215
25
2 (Dos)
Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro
4215
24
Despacho del Viceministro de Justicia
1 (Uno)
Viceministro 0020
1 (Uno)
Asesor 1020 17
3 (Tres)
Asesor 1020 16
1 (Uno)
Asesor 1020 15
1 (Uno)
Asesor 1020 14
7 (Siete)
Asesor 1020 11
1 (Uno)
Asesor 1020 08
1 (Uno)
Asesor 1020 03
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
19
1 (Uno)
Profesional Especializado
202
17
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
17
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
18
2 (Dos)
Conductor Mecánico
4103
17
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro
4215
25
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro
4215
23
Planta Global
1 (Uno)
Secretario General de Ministerio
0035
23
15 (Quince)
Director Técnico
0100
22
4 (Cuatro)
Jefe de Oficina
0137
21
3 (Tres)
Asesor
1020
14
1 (Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Planeación
1045
15
27 (Veintisiete) Profesional Especializado
2028
22
22 (Veintidós)
Profesional Especializado
2028
21
18 (Dieciocho)
Profesional Especializado
2028
20
5 (Cinco)
Profesional Especializado
2028
19
23 (Veintitrés)
Profesional Especializado
2028
18
17 (Diecisiete)
Profesional Especializado
2028
17
14 (Catorce)
Profesional Especializado
2028
16
7 (Siete)
Profesional Especializado
2028
15
15 (Quince)
Profesional Especializado
2028
14
21 (Veintiuno)
Profesional Especializado
2028
13
9 (Nueve)
Profesional Especializado
2028
12
30 (Treinta)
Profesional Universitario
2044
11
18 (Dieciocho)
Profesional Universitario
2044
10
6 (Seis)
Profesional Universitario
2044
08
5 (Cinco)
Profesional Universitario
2044
06
12 (Doce)
Profesional Universitario
2044
05
4 (Cuatro)
Profesional Universitario
2044
04
2 (Dos)
Profesional Universitario
2044
03
11 (Once)
Profesional Universitario
2044
01
15 (Quince)
Técnico Administrativo
3124
18
10 (Diez)
Técnico Administrativo
3124
17
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
16
6 (Seis)
Técnico Administrativo
3124
15
2 (Dos)
Técnico Administrativo
3124
13
2 (Dos)
Técnico Administrativo
3124
12
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
09
2 (Dos)
Técnico Administrativo
3124
07
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
20
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
19
2 (Dos)
Auxiliar Administrativo
4044
17
11 (Once)
Auxiliar Administrativo
4044
16
2 (Dos)
Auxiliar Administrativo
4044
15
3 (Tres)
Auxiliar Administrativo
4044
14
2 (Dos)
Auxiliar Administrativo
4044
13
27 (Veintisiete)
Auxiliar de Servicios Generales 4064
13
1 (Uno)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
09
3 (Tres)
Conductor Mecánico
4103
19
Número de Cargos
Denominación del empleo
Código
Grado
Planta Global
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
17
8 (Ocho)
Conductor Mecánico
4103
15
2 (Dos)
Operario Calificado
4169
19
2 (Dos)
Operario Calificado
4169
13
1 (Uno)
Operario Calificado
4169
12
1 (Uno)
Secretario
4178
14
1 (Uno)
Secretario
4178
11
11 (Once
) Secretario Ejecutivo
4210
24
6 (Seis)
Secretario Ejecutivo
4210
23
11 (Once)
Secretario Ejecutivo 4210
21
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo 4210
20
2 (Dos)
Secretario Ejecutivo 4210
18
Artículo 3°. Los empleos que se señalan a continuación quedarán automáticamente suprimidos cuando queden vacantes porque sus titulares se retiren del servicio por haber cumplido los requisitos para pensión y hayan sido incluidos en la nómina de pensionados:
Número de Cargos
Denominación del empleo
Código
Grado
Despacho del Ministro
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
19
Planta global
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
18
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
17
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
15
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
09
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
07
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
17
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
13
6 (Seis)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
13
2 (Dos)
Conductor Mecánico
4103
15
1 (Uno)
Operario Calificado
4169
19
2 (Dos)
Secretario Ejecutivo
4210
24
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
23
Artículo 4°. El Ministro del Interior y de Justicia, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará al personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del Ministerio.
Artículo 5°. La incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal establecida en el artículo 2° del presente decreto, se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 909 del 2004 y el artículo 87 del Decreto 1227 del 2005.
Parágrafo. Los empleados públicos del Ministerio del Interior y de Justicia continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
Artículo 6°. Los empleos vacantes de la planta de personal del Ministerio del Interior y de Justicia serán provistos de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia, previstas en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1227 de 2005 y demás normas que le adicionen, modifiquen o sustituyan.
Artículo 7°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Decretos 202 de 2003, 1015 de 2004, 3309 y 4332 de 2005 y 1721 y 2560 de 2008.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de noviembre de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.