DECRETO 4517 DE 2007
(noviembre 23)
por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta Empresa Social del Estado.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto 190 de 2003 disponen que los cargos que quedaren vacantes, como consecuencia de la jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñaren, deberán ser suprimidos;
Que el Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta Empresa Social del Estado, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar la planta de personal el cual obtuvo concepto técnico favorable de este Departamento Administrativo;
Que la Junta Directiva del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta Empresa Social del Estado, en sesión del 12 de octubre de 2005, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la supresión de un cargo vacante de su planta de personal como consta en el Acta número 06 de la misma fecha,
DECRETA:
Artículo 1°. Apruébase la modificación de la planta de personal del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta Empresa Social del Estado suprimiendo el siguiente cargo de empleado público:
PLANTA GLOBAL
N° de cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
1 (Uno)
Enfermero Auxiliar
4128
15
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2502 del 15 de diciembre de 1999 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de noviembre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.