DECRETO 4516 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 4516 DE 2007    

(noviembre 23)    

por  el cual se modifica la conformación de la Junta Directiva del Centro  Dermatológico Federico Lleras Acosta, Empresa Social del Estado.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y  con sujeción a lo previsto en el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Junta Directiva. La Junta Directiva del Centro  Dermatológico Federico Lleras Acosta, Empresa Social del Estado, estará  conformada por:    

1. El Ministro de la Protección  Social o su delegado, quien la presidirá.    

2. El Director del Instituto  Nacional de Salud.    

3. Un investigador en el campo  médico dermatológico, designado por y entre los miembros del Comité Científico  del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta, Empresa Social del Estado.    

4. Un representante de un grupo de  investigación en salud, designado por el Director del Instituto Colombiano para  el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología “Francisco José de Caldas”,  Colciencias.    

5. Dos (2) representantes elegidos  por y entre los miembros de la Asociación de Usuarios del Centro Dermatológico  Federico Lleras Acosta-Empresa Social del Estado.    

El Director del Centro tendrá  derecho a voz pero no a voto y se desempeñará como secretario de la misma.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación, modifica y deroga las disposiciones que le sean  contrarias, en especial el artículo 7° del Decreto 1257 de 1994  y el artículo 8° del Acuerdo número 01 de 1994 aprobado por el Decreto 2883 de 1994.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de  noviembre de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de la Protección Social,    

Diego Palacio Betancourt.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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