DECRETO 4510 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 4510 DE  2007    

(noviembre 23)    

por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 1929 de 2007.    

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución  Política, el artículo 616-1 del Estatuto Tributario y el artículo 26 de la Ley 962 de 2005,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifícase  el inciso 2° del artículo 12 del Decreto 1929 de 2007,  el cual queda así:    

“Los contribuyentes que  a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto vienen operando en el  esquema de facturación electrónica establecido en el Decreto 1094 de 1996,  podrán continuar utilizándolo durante un (1) año, contado a partir de la fecha  en que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales expida la resolución a  que hace referencia el presente artículo”.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  23 de noviembre de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Oscar Iván  Zuluaga Escobar.    

               

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