DECRETO 4475 DE 2007
(noviembre 21)
por el cual se retira un notario de servicio y se efectúa un nombramiento en interinidad.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 5° del Decreto 2163 de 1970, 66 y 74 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, y
CONSIDERANDO:
Que el doctor Arnaldo Acosta Camacho Notario Unico del Círculo de Líbano, Tolima, cumplió 65 años de edad el 9 de febrero del año en curso, según se infiere de la copia del Registro Civil de Nacimiento que reposa en la Superintendencia de Notariado y Registro;
Que el Decreto 3047 de 1989, establece como edad de retiro forzoso para los notarios, la de 65 años;
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 182 del Decreto ley 960 de 1970, el retiro se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio Público, de la Dirección de Vigilancia Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro, o de oficio, dentro del mes siguiente a la ocurrencia de la causa;
Que por los motivos mencionados se hace necesario retirar del servicio al doctor Arnaldo Acosta Camacho y proveer el cargo de Notario Unico del Círculo de Líbano, Tolima;
Que con fundamento en la certificación expedida por la Superintendente de Notariado y Registro, el doctor Jesús Tiberio Giraldo Arcila, identificado con la cédula de ciudadanía número 3608042 de Santuario, Antioquia, no se encuentra en circunstancias que impidan el ejercicio de la función notarial y reúne los requisitos exigidos en el artículo 153 del Decreto ley 960 de 1970, para desempeñarse como notario de primera categoría.
Que por lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Retirar del servicio al doctor Arnaldo Acosta Camacho, identificado con la cédula de ciudadanía 17056236 de Bogotá, del cargo de Notario Unico de Líbano, Tolima, por cumplimiento de edad de retiro.
Artículo 2°. Nombrar en interinidad, en el cargo de Notario Unico del Círculo de Líbano, Tolima, al doctor Jesús Tiberio Giraldo Arcila, identificado con la cédula de ciudadanía número 3608042 de Santuario, Antioquia.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de noviembre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Carlos Holguín Sardi.