DECRETO 4409 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO 4409 DE 2008    

(noviembre 19)    

por el cual se  modifica el parágrafo del artículo 5° del Decreto  4820 del 14 de diciembre de 2007.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial las  conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución  Política y 45 de la Ley 489 de 1998,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifíquese el parágrafo del  artículo 5° del Decreto  4820 del 14 de diciembre de 2007, el cual quedará así:    

“Parágrafo. Prorrogar hasta el 31 de  marzo de 2009, el informe final que debe rendir la Comisión para la Reforma a  la Jurisdicción Contencioso Administrativa”.    

Artículo 2°. Este decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de noviembre de  2008.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

               

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