DECRETO 4372 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO  4372 DE 2008    

(noviembre  18)    

por el cual se modifica el parágrafo del artículo  4° del Decreto  2450 del 4 de julio de 2008.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del  artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia y el artículo 66 de la Ley 336 de 1996 y el  artículo 2° de la Ley 105 de 1993,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Modifícase el parágrafo del artículo 4° del Decreto  2450 del 4 de julio de 2008, así: “Parágrafo. Los recursos recibidos por  concepto de las cauciones que sean exigibles se destinarán al “Programa de Promoción  para la Reposición y Renovación del Parque Automotor de Carga Nacional”, de  acuerdo con lo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto y las demás  normas que regulan la materia”.    

Nota, artículo 1º: Ver Ley 1640 de 2013,  artículo 9º. Ver Decreto 1530 de 2013,  artículo 10.    

Artículo  2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica  el parágrafo del artículo 4° del Decreto 2450 de 2008.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 18 de noviembre de 2008.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El  Ministro de Transporte,    

Andrés Uriel Gallego Henao.    

               

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