DECRETO 4364 DE 2007
(noviembre 14)
por el cual se concede la Orden del Mérito Comercial en la Categoría de Gran Oficial.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los Decretos 1953 de 1979 y 2664 de 1984, y
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Gobierno Nacional conceder la “Orden del Mérito Comercial” a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que realicen actividades o presten servicios meritorios en el campo del comercio nacional y su desarrollo;
Que la “Cámara de Comercio de Neiva” es una entidad privada sin ánimo de lucro, creada en el año 1932, por un representativo grupo de comerciantes y dirigentes gremiales del departamento del Huila;
Que la “Cámara de Comercio de Neiva” durante sus 75 años de vida, se ha consolidado como una institución líder en la construcción de políticas sociales y económicas, convirtiéndose a la vez en una de las instituciones más importantes de la región, que busca la competitividad empresarial para mejorar la calidad de vida de los huilenses;
Que la “Cámara de Comercio de Neiva” ha promovido la creación de más y mejores empresas, facilitando a los empresarios la participación en los mercados internacionales y fortaleciendo el recurso humano que requieren para ser más competitivas;
Que la “Cámara de Comercio de Neiva” está consolidando el Centro de Atención Empresarial -CAE-, para facilitar los procesos de creación y constitución de empresas y apoyar de manera decidida y tangible a los emprendedores, empresarios, inversionistas extranjeros y usuarios, en la simplificación de trámites;
Que la “Cámara de Comercio de Neiva” Genera espacios de capacitación y formación empresarial para el desarrollo económico, social y cultural del Huila, a través de charlas especializadas, seminarios y talleres en temas de actualidad e interés para los empresarios y lidera importantes ferias que permiten a los empresarios espacios para dar a conocer y comercializar sus productos y servicios;
Que la “Cámara de Comercio de Neiva” se ha impuesto como misión, ofrecer los servicios de gestión de negocios nacionales e internacionales, consultoría empresarial especializada, fortalecimiento del capital humano y métodos alternativos de solución de conflictos, administrando efectivamente los registros públicos y actuando en defensa de los temas prioritarios para la competitividad y productividad de la región Surcolombiana;
Que la “Cámara de Comercio de Neiva” obtuvo en el año 2004 la certificación ISO 9001, otorgada por el Icontec, como reconocimiento al sistema de gestión de la calidad que garantiza sus procesos y servicios;
Que el Consejo de la Orden del Mérito Comercial evaluó la gestión de la Cámara de Comercio de Neiva y decidió otorgarle la Orden del Mérito Comercial, en la categoría de Gran Oficial, por cumplir los requisitos para su concesión;
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Concédase la “Orden del Mérito Comercial”, en la categoría de “Gran Oficial”, a la Cámara de Comercio de Neiva, como homenaje de reconocimiento a su notable contribución y aportes al comercio nacional.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 14 de noviembre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Viceministro de Turismo encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Comercio,
Industria y Turismo,
Oscar Rueda García.