DECRETO 4304 DE 2007
(noviembre 7)
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará entre los días 8, 9 y 10 de noviembre del presente año, a la ciudad de Santiago de Chile (Chile), con el fin de asistir a la XVII Cumbre Iberoamericana.
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro del Interior y de Justicia y el Ministro de Hacienda y Crédito Público, están habilitados para ejercer las funciones constitucionales como Ministros Delegatarios;
DECRETA:
Articulo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refiere el primer considerando del presente Decreto, deléganse en el Ministro del Interior y de Justicia, doctor Carlos Holguín Sardi, por el día 8 de noviembre y en el Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Oscar Iván Zuluaga, los días 9 y 10 de noviembre del presente año, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:
1. Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1° y 2°; 303, 304 y 314
2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
3. Artículos 163, 165 y 166.
4. Artículos 200 y 201.
5. Artículos 213, 214 y 215.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 7 de noviembre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ