DECRETO 4284 DE 2009

Decretos 2009

             DECRETO 4284 DE 2009    

(noviembre 4)    

por el cual se hace  efectiva una sanción disciplinaria impuesta al Gobernador del Departamento del Vaupés.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, en especial las conferidas por el artículo 304 de la Constitución Política,  en concordancia con el artículo 172 de la Ley 734 de 2002, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Viceprocuraduría General de la Nación, mediante fallo del  20 de mayo de 2009, sancionó con suspensión en el ejercicio del cargo por el  término de noventa (90) días al señor Wilson Ladino Vigoya,  identificado con la cédula de ciudadanía número 86040125 de Villavicencio, en  su condición de Gobernador del Departamento del Vaupés  para la época de los hechos, dentro del expediente número 002 – 139728 – 06;  disponiendo en el mismo, que la mencionada sanción se convertirá en salarios de  acuerdo al monto devengado para el momento de la comisión de la falta, es  decir, la cantidad de catorce millones setecientos cincuenta y cinco mil  doscientos pesos ($14’755.200.00); de conformidad con lo dispuesto en el inciso  2° del artículo 46 de la Ley 734 de 2002, suma  que deberá consignar a favor de la Gobernación del Vaupés  una vez quede en firme la citada providencia, de acuerdo a lo señalado en el  artículo 173 ibídem.    

Que la anterior  decisión fue confirmada mediante providencia del tres (3) de septiembre de  2009, proferida por el Despacho del Procurador General de la Nación.    

Que de conformidad con  lo señalado en el escrito del 3 de septiembre de 2009, suscrito por el  Procurador Auxiliar para Asuntos Disciplinarios de la Procuraduría General de  la Nación, la providencia citada en el considerando anterior quedó en firme el  18 de septiembre de 2009.    

Que la secretaria adhoc de la Viceprocuraduría  General de la Nación, a través del oficio número SVP  número 1262 del 29 de septiembre de 2009, remitió a la Presidencia de la  República, los fallos del 20 de mayo de 2009 y del 3 de septiembre del mismo  año, proferidos dentro del expediente número 002 – 139728 – 06, anunciando, que  anexa la respectiva constancia de ejecutoria, para los fines pertinentes.    

Que teniendo en cuenta  que para este momento en que se va a hacer efectiva la sanción impuesta al  señor Wilson Ladino Vigoya, este ha cesado en el  ejercicio de su cargo de Gobernador del Departamento del Vaupés,  se hace necesario convertir el término de los noventa (90) días de suspensión  en el pago de salarios mínimos legales mensuales vigentes.    

DECRETA:    

Artículo 1°. En  cumplimiento del fallo del 20 de mayo de 2009, proferido por la Viceprocuraduría General de la Nación, dentro del  expediente número 002 – 139728 – 06, el cual fue confirmado por el Despacho del  Procurador General de la Nación mediante providencia del tres (3) de septiembre  de 2009, imponer al señor Wilson Ladino Vigoya,  identificado con la cédula de ciudadanía número 86040125 de Villavicencio, en  su condición de Gobernador del Departamento del Vaupés  para la época de los hechos, sanción consistente en el pago de catorce millones  setecientos cincuenta y cinco mil doscientos pesos ($14’755.200.00);  equivalentes a noventa (90) días de salario devengado por el mandatario  seccional para la época de los hechos, los cuales deberá consignar a favor de  la Gobernación del Vaupés, de conformidad con lo  señalado en la parte motiva del presente decreto.    

Artículo 2°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y contra él no  procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 del  Código Contencioso Administrativo.    

Publíquese, comuníquese  y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C,  a 4 de noviembre de 2009.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del  Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

               

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