DECRETO 4280 DE 2008
(noviembre 11)
por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal de la Empresa Social del Estado Rita Arango Alvarez del Pino en Liquidación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 452 del 15 de febrero de 2008, en virtud del cual se suprime y ordena la liquidación de la Empresa Social del Estado Rita Arango Alvarez del Pino.
Que la Corte Constitucional mediante sentencia de tutela T – 041 de 2005, concedió el amparo solicitado y en consecuencia, ordenó “(…) al Gerente General de la ESE Rita Arango Alvarez del Pino que proceda a proveer, a partir de la notificación de la presente sentencia, los cargos que correspondan a los accionantes referidos en dicha empresa, atendiendo la incorporación automática en la planta de personal que como empleados públicos hiciera de los mismos el artículo 17 del Decreto 1750 de 2003. (…)”
Que para dar cumplimiento a la sentencia de tutela se hace necesario crear en la planta de personal el cargo de Odontólogo, Código 2087, grado 18, jornada de cinco (5) horas, dado que no existen cargos vacantes de la citada denominación en la planta de personal.
Que para dar cumplimiento a lo ordenado por el Decreto 452 del 15 de febrero de 2008, el liquidador de la Empresa Social del Estado Rita Arango Alvarez del Pino en Liquidación, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar la planta de cargos, la cual obtuvo concepto técnico favorable de este Departamento Administrativo.
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de cargos de la Empresa Social del Estado Rita Arango Alvarez del Pino en Liquidación,
DECRETA:
Artículo 1°. Apruébase la modificación de la planta de personal de la ESE Rita Arango Alvarez del Pino en Liquidación creándose el siguiente cargo:
PLANTA GLOBAL
N° Cargos
Denominación
Código
Grado
Jornada
1 (Uno)
Odontólogo
2087
18
5
Artículo 2°. Apruébase la modificación de la planta de cargos de la Empresa Social del Estado Rita Arango Alvarez del Pino en Liquidación suprimiendo los siguientes cargos de empleados públicos:
PLANTA GLOBAL
N° Cargos
Denominación
Código
Grado
Jornada
3 (Tres)
Subgerente de Entidad Descentralizada
0040
17
8
3 (Tres)
Jefe de Oficina
0137
06
8
1 (Uno)
Director de Unidad Hospitalaria
0180
13
8
2 (Dos)
Director de Unidad Hospitalaria
0180
17
8
3 (Tres)
Director de Centro de Atención Ambulatoria
0186
08
8
4 (Cuatro)
Director de Centro de Atención Ambulatoria
0186
12
8
1 (Uno)
Subdirector de Unidad Hospitalaria
0190
07
8
1 (Uno)
Subdirector de Unidad Hospitalaria
0190
09
8
1 (Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Planeación
1045
09
8
1 (Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Jurídica
1045
09
8
7 (Siete)
Jefe de División
2040
24
8
2 (Dos)
Jefe de Departamento Médico Asistencial
2077
16
8
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
15
8
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
16
8
1 (Uno)
Profesional Universitario
2044
03
8
1 (Uno)
Profesional Universitario
2044
08
8
4 (Cuatro)
Profesional Universitario
2044
10
8
9 (Nueve)
Profesional Universitario
2044
11
4
6 (Seis)
Profesional Universitario
2044
11
6
73 (Setenta y tres)
Profesional Universitario
2044
11
8
1 (Uno)
Capellán
2001
06
4
39 (Treinta y nueve)
Médico
2085
18
4
3 (Tres)
Médico
2085
18
5
9 (Nueve)
Médico
2085
18
6
30 (Treinta)
Médico
2085
18
8
19 (Diecinueve)
Odontólogo
2087
18
4
2 (Dos)
Odontólogo
2087
18
5
10 (Diez)
Odontólogo
2087
18
6
4 (Cuatro)
Odontólogo
2087
18
8
19 ( Diecinueve)
Médico Especialista
2120
19
4
5 (Cinco)
Médico Especialista
2120
19
5
38 (Treinta y ocho)
Médico Especialista
2120
19
6
PLANTA GLOBAL
N° Cargos
Denominación
Código
Grado
Jornada
2 (Dos)
Médico Especialista
2120
19
7
43 (Cuarenta y Tres)
Médico Especialista
2120
19
8
2 (Dos)
Médico Especialista
2120
20
4
2 (Dos)
Médico Especialista
2120
20
6
2 (Dos)
Médico Especialista
2120
20
8
1 (Uno)
Odontólogo Especialista
2123
15
8
4 (Cuatro)
Técnico Administrativo
3124
15
8
20 (Veinte)
Técnico Administrativo
3124
15
8
14 (Catorce)
Técnico Administrativo
3124
16
8
9 (Nueve)
Técnico Administrativo
3124
17
8
7 (Siete)
Técnico Administrativo
3124
18
8
5 (Cinco)
Secretario Ejecutivo
4210
23
8
4 (Cuatro)
Secretario Ejecutivo
4210
24
8
2 (Dos)
Auxiliar Administrativo
4044
18
8
15 (Quince)
Auxiliar Administrativo
4044
20
8
12 (Doce)
Auxiliar Administrativo
4044
21
8
12 (Doce)
Auxiliar Administrativo
4044
22
8
8 (Ocho)
Auxiliar Administrativo
4044
23
8
9 (Nueve)
Secretario
4178
14
8
4 (Cuatro)
Conductor Mecánico
4103
15
8
14 (Catorce)
Conductor Mecánico
4103
19
8
11 (Once)
Celador
4097
13
8
130 (Ciento Treinta)
Auxiliar de Servicios Asistenciales
4056
20
8
155 (Ciento cincuenta y cinco)
Auxiliar de Servicios Asistenciales
4056
21
8
Artículo 3°. Apruébase la modificación de la Planta de personal de la Empresa Social del Estado Rita Arango Alvarez del Pino en Liquidación, suprimiendo ciento veinticinco (125) cargos de trabajadores oficiales.
Artículo 4°. En defensa de la garantía constituida por el fuero sindical, los servidores que desempeñan los siguientes empleos públicos, se mantendrán temporalmente vinculados hasta la fecha de la ejecutoria de la sentencia que autoriza el levantamiento del fuero sindical; al vencimiento del término de este fuero contemplado en la ley o en los estatutos, o a la terminación del proceso de liquidación, fecha a partir de la cual se entenderán retirados del servicio:
PLANTA GLOBAL
N° Cargos
Denominación
Código
Grado
Jornada
6 (Seis)
Profesional Universitario
2044
11
8
2 (Dos)
Médico
2085
18
4
1 (Uno)
Médico
2085
18
5
3 (Tres)
Médico
2085
18
8
3 (Tres)
Odontólogo
2087
18
4
1 (Uno)
Odontólogo
2087
18
5
1 (Uno)
Odontólogo
2087
18
6
1 (Uno)
Odontólogo
2087
18
8
2 (Dos)
Técnico Administrativo
3124
15
8
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
20
8
17 (Diecisiete)
Auxiliar de Servicios Asistenciales
4056
21
8
Artículo 5°. En defensa de la garantía constituida por el fuero sindical, los servidores que ocupan tres (3) cargos de trabajadores oficiales que gozan de esta garantía, se mantendrán temporalmente vinculados hasta la fecha de la ejecutoria de la sentencia que autoriza el levantamiento del fuero sindical; al vencimiento del término de este fuero contemplado en la ley o en los estatutos, o a la terminación del proceso de liquidación, fecha a partir de la cual se entenderán retirados del servicio.
Artículo 6°. Los servidores públicos en condición de padre o madre cabeza de familia sin alternativa económica, discapacitados, prepensionados y embarazadas, se mantendrán temporalmente en la planta de cargos mientras conserven la condición que les otorga el reunir el supuesto de hecho que generó el beneficio. Extinguida la condición de beneficiario por circunstancias sobrevinientes, el cargo quedará automáticamente suprimido.
Artículo 7°. En cumplimiento del artículo 51 de la Ley 909 de 2004, a partir del vencimiento del término legal señalado para la protección a la maternidad o al término de la liquidación definitiva de la entidad, quedará automáticamente suprimido el cargo ocupado por la funcionaria que goza de dicha protección y que se relaciona a continuación.
PLANTA GLOBAL
N° Cargos
Denominación
Código
Grado
Jornada
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
15
8
Artículo 8°. Los cargos de Empleados Públicos y Trabajadores Oficiales que obtengan el reconocimiento del derecho de pensión, se mantendrán en la planta de cargos hasta cuando les sea reconocida la pensión de jubilación o de vejez e ingresen a la nómina de pensionados, o hasta que culmine el proceso de liquidación de la entidad, si para entonces no han ingresado a dicha nómina.
Artículo 9°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica las disposiciones que le sean contrarias, en especial las establecidas en el Decreto 2360 de julio 24 de 2004.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de noviembre de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.