DECRETO 4226 DE 2007
(noviembre 2)
por medio del cual se designa Superintendente Financiero ad hoc.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial de las previstas en el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio radicado bajo el número 1-2007-056774 recibido el 5 de octubre pasado, el Superintendente Financiero, doctor César Prado Villegas, manifestó al señor Ministro de Hacienda y Crédito Público que de conformidad con lo previsto en los artículos 48, numeral 46, del Código Disciplinario Unico y 30 del Código Contencioso Administrativo, en concordancia con el artículo 149 del Código de Procedimiento Civil, se declara impedido para resolver el recurso de apelación interpuesto por el doctor Juan Manuel Romero Sanclemente contra la Resolución 01809 del 12 de octubre de 2006, por medio de la cual se sancionó al mencionado ciudadano en su carácter de representante legal de la sociedad emisora Inversiones Holguín Hurtado S. A., por encontrarse incurso en la causal prevista en el numeral 2 del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil;
Que la señora Viceministra General de Hacienda y Crédito Público encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la manifestación de impedimento formulada por el Superintendente Financiero, doctor César Prado Villegas, mediante Resolución número 2806 de 18 de octubre de 2007 resolvió declarar fundado el impedimento y ordenar el envío de los documentos al señor Presidente de la República para la designación del funcionario ad hoc;
Que corresponde al Presidente de la República la designación del Superintendente Financiero ad hoc, para que resuelva el recurso de apelación interpuesto por el doctor Juan Manuel Romero Sanclemente contra la Resolución 01809 del 12 de octubre de 2006, por medio de la cual se le impuso una sanción en su carácter de representante legal de la sociedad emisora Inversiones Holguín Hurtado S. A.,
DECRETA:
Artículo 1°. Desígnase como Superintendente Financiero ad hoc, al doctor Juan Pablo Zárate Perdomo, identificado con cédula de ciudadanía número 74281150 expedida en Guateque, actual Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para resolver el recurso de apelación interpuesto por el doctor Juan Manuel Romero Sanclemente contra la Resolución 01809 del 12 de octubre de 2006, por medio de la cual se le impuso una sanción en su carácter de representante legal de la sociedad emisora Inversiones Holguín Hurtado S. A.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de noviembre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.