DECRETO 4224 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 4224 DE 2007    

(noviembre 2)    

por  el cual se otorga una condecoración.    

El Presidente de la República de  Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los  Decretos 174 de 1974, 1009 de 1974 y 934 de 2002, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Decreto  174 del 5 de febrero de 1974, estableció la Gran Medalla Cívica General “Francisco de Paula  Santander”, modificado  por los Decretos 1009 del  30 de mayo de 1974 y 934 del 10 de mayo del 2002;    

Que el parágrafo 1° del artículo 1°  del Decreto  934 del 10 de mayo de 2002, establece que la condecoración Gran Medalla  Cívica General “Francisco  de Paula Santander”, en su categoría de Medalla Oficial, podrá concederse a personas naturales  o jurídicas nacionales o extranjeras que, a juicio del Gobierno Nacional, se  hayan distinguido por sus eminentes servicios a la causa de la educación y de  la cultura, por su contribución decidida al desarrollo educativo y cultural de  Colombia;    

Que la Universidad de Los Andes, es  una institución de educación superior, que fue constituida en Asamblea de  Fundadores del 16 de noviembre de 1948 y obtuvo reconocimiento de personería  jurídica mediante la Resolución número 28 del 23 de febrero de 1949, expedida  entonces por el Ministerio de Justicia;    

La Universidad de Los Andes es una  institución autónoma e independiente que propicia el pluralismo, la diversidad,  el diálogo, el debate, la crítica, la tolerancia y el respeto por las ideas,  creencias y valores de sus miembros, además busca la excelencia académica e  imparte a sus estudiantes una formación crítica y ética para afianzar en ellos  la conciencia de sus responsabilidades sociales y cívicas, así como su  compromiso con el análisis y la solución de los problemas del país;    

La Universidad desarrolla y pone en  práctica metodologías de avanzada en la docencia y la investigación, orientadas  a que el estudiante sea el principal agente de su formación y resuelva los  problemas que se le presentan con creatividad y responsabilidad. Así mismo,  para estimular la formación integral, propicia el ambiente interdisciplinario,  flexible esencial para integrar las artes, las ciencias, la tecnología y las  humanidades;    

Que la Universidad de Los Andes  cuenta con acreditación institucional y con un importante número de programas  académicos acreditados de alta calidad y con registros calificados que dan  cuenta de los niveles logrados por la Universidad en su importante desarrollo  institucional;    

Que el Gobierno Nacional ha  considerado de la mayor importancia reconocer y exaltar la labor desarrollada  al servicio de la Educación, la Ciencia y la Cultura colombiana por parte de la  Universidad de Los Andes;    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Conceder la  Condecoración Gran Medalla Cívica General “Francisco de Paula Santander” en la  categoría de Medalla Oficial a la Universidad de Los Andes.    

Artículo 2°. Destacar la entidad  condecorada a favor de la educación, a lo largo de sus 60 años de actividad  académica.    

Artículo 3°. La condecoración será  impuesta por el señor Presidente de la República o su delegado en ceremonia que  se llevará a cabo para tal fin.    

Artículo 4°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de  noviembre de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Viceministro de Educación  Superior Encargado de las funciones del Despacho de la Ministra de Educacion  Nacional,    

Gabriel  Burgos Mantilla.              

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