DECRETO 4176 DE 2007
(octubre 29)
por el cual se ajusta a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos de la Planta de Personal de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional – Comando General Fuerzas Militares y se dictan otras disposiciones.
Nota: Modificado parcialmente por el Decreto 217 de 2010.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto ley 092 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 21 del Decreto ley 092 de 2007 ordenó que la planta de personal debe ser ajustada al Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos del Sector Defensa establecido en el mismo decreto, con fundamento en la Tabla de Organización “TO” expedida para cada entidad o dependencia;
Que mediante Resolución número 044 del 16 de abril de 2007, fue expedida la Tabla de Organización “TO” de la Planta de Personal del Ministerio de Defensa Nacional – Comando General Fuerzas Militares a que se refiere el artículo 20 del Decreto ley 092 de 2007, en la cual se efectuaron las equivalencias de los empleos de acuerdo a la nomenclatura y clasificación establecida en el citado decreto,
DECRETA:
Artículo 1°. La Planta de Personal de Empleados Públicos del Ministerio de Defensa Nacional – Comando General de las Fuerzas Militares, de conformidad con el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos especial del Sector Defensa contemplado en el Decreto ley 092 de 2007, será la siguiente:
DESPACHO DEL COMANDANTE GENERAL DE LAS FUERZAS MILITARES
N° de Cargos
Denominación
Código
Grado
1 (uno)
ASESOR SECTOR DEFENSA
2-2
26
3 (tres)
PROFESIONAL DE DEFENSA
3-1
17
DESPACHO DEL SEGUNDO COMANDANTE Y JEFE DE ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS MILITARES
N° de Cargos
Denominación
Código
Grado
6 (seis)
PROFESIONAL DE DEFENSA
3-1
8
6 (seis)
PROFESIONAL DE DEFENSA
3-1
7
8 (ocho)
PROFESIONAL DE DEFENSA
3-1
6
10 (diez)
PROFESIONAL DE DEFENSA
3-1
5
PLANTA GLOBAL
N° de Cargos
Denominación
Código
Grado
3 (tres)
PROFESIONAL DE DEFENSA
3-1
5
1 (uno)
ORIENTADOR DE DEFENSA
4-1
17
4 (cuatro)
TECNICO DE SERVICIOS
5-1
23
3 (tres)
TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
5-1
21
1 (uno)
TECNICO DE SERVICIOS
5-1
21
3 (tres)
TECNICO DE SERVICIOS
5-1
19
2 (dos)
TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
5-1
18
8 (ocho)
TECNICO DE SERVICIOS
5-1
18
3 (tres)
TECNICO DE SERVICIOS
5-1
17
3 (tres)
TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
5-1
14
6 (seis)
TECNICO DE SERVICIOS
5-1
14
6 (seis)
TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
5-1
12
22 (veintidós)
TECNICO DE SERVICIOS
5-1
12
1 (uno)
TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
5-1
9
1 (uno)
TECNICO DE SERVICIOS
5-1
9
3 (tres)
TECNICO DE SERVICIOS
5-1
8
1 (uno)
TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
5-1
7
8 (ocho)
TECNICO DE SERVICIOS 5-1 7
3 (tres)
TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
5-1
6
3 (tres)
TECNICO DE SERVICIOS
5-1
6
2 (dos)
TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
5-1
5
6 (seis)
TECNICO DE SERVICIOS
5-1
5
1 (uno)
TECNICO PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
5-1
4
7 (siete)
TECNICO DE SERVICIOS 5-1 4
2 (dos)
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
6-1
19
2 (dos)
AUXILIAR DE SERVICIOS
6-1
19
1 (uno)
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
6-1
16
3 (tres)
AUXILIAR DE SERVICIOS
6-1 16
6 (seis)
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
6-1
14
9 (nueve)
AUXILIAR DE SERVICIOS
6-1
14
1 (uno)
AUXILIAR DE SERVICIOS
6-1
12
1 (uno)
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
6-1
11
2 (dos)
AUXILIAR DE SERVICIOS
6-1
11
2 (dos)
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
6-1
10
4 (cuatro)
AUXILIAR DE SERVICIOS
6-1
10
12 (doce)
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
6-1
9
22 (veintidós)
AUXILIAR DE SERVICIOS
6-1
9
8 (ocho)
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
6-1
7
37 (treinta y siete)
AUXILIAR DE SERVICIOS
6-1
7
8 (ocho)
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
6-1
6
44 (cuarenta y cuatro)
AUXILIAR DE SERVICIOS
6-1
6
17 (diecisiete)
AUXILIAR PARA APOYO DE SEGURIDAD Y DEFENSA
6-1
5
55 (cincuenta y cinco)
AUXILIAR DE SERVICIOS
6-1
5
Artículo 2°. El Ministro de Defensa Nacional o quien este delegue, mediante Resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 3°. Los funcionarios que a la fecha de la expedición del presente decreto se encuentren prestando sus servicios en la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional – Comando General de las Fuerzas Militares, serán incorporados en los cargos de los que trata el artículo 1°, en un término máximo de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica los Decretos 1613 de 2002, 107 de 2004 y 84 de 2005.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de octubre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de Defensa Nacional,
Juan Manuel Santos C.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.