DECRETO 4169 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 4169 DE 2007    

(octubre 29)    

por  el cual se ajusta a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos de la  planta de personal de Empleados Públicos del Hotel San Diego S. A. – Hotel  Tequendama y se dictan otras disposiciones.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, en  concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto ley 092 de  2007, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 21 del Decreto ley 092 de  2007, ordenó que la planta de personal debe ser ajustada al Sistema de  Nomenclatura y Clasificación de Empleos del Sector Defensa establecido en el  mismo decreto, con fundamento en la Tabla de Organización “TO” expedida para  cada entidad o dependencia;    

Que mediante Resolución número 034  de marzo 28 de 2007, fue expedida la Tabla de Organización “TO” de la Planta de  Personal del Ministerio de Defensa Nacional – Hotel San Diego S. A. – Hotel  Tequendama, a que se refiere el artículo 20 del Decreto ley 092 de  2007, en la cual se efectuaron las equivalencias de los empleos de acuerdo  a la nomenclatura y clasificación establecida en el mencionado decreto;    

Que la Junta Directiva de la Entidad  decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la planta de personal que  se establece en el presente decreto, como consta en el Acta número 879 del 30  de marzo de 2007,    

DECRETA:    

Artículo 1°. La planta de personal  de Empleados Públicos del Hotel San Diego S. A. – Hotel Tequendama, de  conformidad con el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos especial  del Sector Defensa contemplado en el Decreto ley 092 de  2007, será la siguiente:    

        

N° DE EMPLEOS                    

DENOMINACION DEL EMPLEO                    

CODIGO                    

GRADO   

Uno (01)                    

Gerente General de Entidad    Descentralizada Vinculada del Sector Defensa                    

1-2                    

21   

Uno (01)                    

Secretario General de Entidad    Descentralizada Vinculada del Sector Defensa                    

1-2-1                    

14   

Uno (01)                    

Jefe de Oficina del Sector Defensa                    

1-4                    

11      

Artículo 2°. El Gerente General del  Hotel San Diego S. A. – Hotel Tequendama, mediante resolución, distribuirá los  cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la  estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.    

Artículo 3°. Los funcionarios que a  la fecha de expedición del presente decreto se encuentren prestando sus  servicios en la planta de personal del Hotel San Diego S. A. – Hotel  Tequendama, serán incorporados en los cargos de que trata el artículo 1°, en un  término máximo de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de su  publicación.    

Artículo 4°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto  número 1801 del 28 de agosto de 2001 y demás disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de  octubre de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito  Público,    

Oscar Iván Zuluaga Escobar.    

El Ministro de Defensa Nacional,    

Juan Manuel Santos C.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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