DECRETO 4135 DE 2007
(octubre 26)
por el cual se adiciona la Planta de Personal de la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 19 de la Ley 24 de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°. Créanse en la Planta de Personal de la Defensoría del Pueblo los siguientes cargos:
N° DE CARGOS
DENOMINACION DE EMPLEO
NIVEL
GRADO
SISTEMA NACIONAL DEDEFENSORIA PUBLICA
Trece (13)
Defensor Seccional
ASESOR
20
Treinta y ocho (38)
Coordinador Administrativo y de Gestión de la Regional o Seccional en Defensoría Pública
ASESOR
19
Dos (2)
Profesional Especializado
PROFESIONAL
19
Veinticuatro (24)
Profesional Especializado en Investigación
PROFESIONAL
17
Cuarenta y cinco (45)
Técnico en Criminalística
TECNICO
15
Cuarenta (40)
Auxiliar Administrativo
ASISTENCIAL
10
Artículo 2°. El Defensor del Pueblo distribuirá los cargos a que se refiere el artículo 1° del presente Decreto mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la Entidad, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2° del artículo 56 de la Ley 941 de 2005.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona en lo pertinente el Decreto 188 del 27 de enero de 1993.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de octubre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Carlos Olguín Sardi.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.