DECRETO 4132 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 4132 DE 2009    

(octubre  26)    

por el cual se hace efectiva una  sanción impuesta al Gobernador del Departamento de Guainía    

El Ministro del Interior y de Justicia de la República de  Colombia, delegatario de funciones presidenciales en virtud del Decreto 4100 de 2009,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las  conferidas por el artículo 304 de la Constitución Política,  en concordancia con el artículo 172 de la Ley 734 de 2002, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal,  mediante fallo del 14 de mayo de 2009, sancionó con suspensión en el cargo por  el término de dos meses al señor Efrén de  Jesús Ramírez Sabana, identificado con la cédula de ciudadanía número 18201423, en su condición de Gobernador del departamento del Guainía para la época de los hechos, dentro del expediente número165-119722-05 disponiendo en la misma providencia,  que si para la época de hacerse efectiva esta sanción el disciplinado ha cesado  en su cargo, la misma se convertirá en salarios de acuerdo al monto devengado  para el momento de los hechos, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo  del artículo 46 de la Ley 734 de 2002; suma  que deberá consignar a favor de la Gobernación del Guainía,  una vez quedara en firme la citada providencia,  de acuerdo a lo señalado en el artículo 173 ibídem;    

Que según constancia del 8 de julio de 2009, expedida por el  Coordinador de la Unidad Coordinadora para la Contratación Estatal de la  Procuraduría General de la Nación, la providencia citada en el considerando  anterior quedó ejecutoriada el 25 de junio de 2009;    

Que el Jefe de la Unidad Coordinadora para la Contratación  Estatal, a través del oficio número 45801  del 16 de julio de 2009, remitió a la Presidencia de la República, el fallo del  14 de mayo de 2009 proferido dentro del expediente número 165-119722-05, con la  respectiva constancia de ejecutoria, para  los fines pertinentes;    

Que teniendo en cuenta que para este momento en que se va a hacer  efectiva la sanción impuesta al señor Efrén de Jesús Ramírez Sabana, este ha  cesado en su cargo de Gobernador del departamento del Guainía,  se hace necesario convertir el término de los dos meses de suspensión en el  cargo, por el pago de salarios mínimos legales vigentes;    

Que según certificación expedida por la Profesional Universitaria  de Talento Humano de la Gobernación  del departamento del Guainía, calendada 26 de octubre  de 2009, para la vigencia de 2004, el señor Efrén de Jesús Ramírez Sabana,  Gobernador de ese departamento devengaba un sueldo mensual de cinco millones  trescientos treinta mil trescientos quince pesos ($5.330.315) moneda legal, el  cual, multiplicado por el lapso de los dos meses de suspensión, arroja un  resultado de diez millones seiscientos sesenta mil seiscientos treinta pesos  ($10.660.630) moneda legal; suma que el señor Efrén de Jesús Ramírez Sabana  deberá consignar a favor de la Gobernación del Guainía.    

DECRETA:    

Artículo 1°. En cumplimiento del fallo del 14 de mayo de 2009,  proferido por la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal,  dentro del expediente número 165119722-05,  imponer al señor Efrén de Jesús Ramírez Sabana, identificado con la cédula de ciudadanía número 18201423, en su condición de Gobernador del  departamento del Guainía para la época de los hechos,  sanción consistente en el pago de diez millones seiscientos sesenta mil  seiscientos treinta pesos ($10.660.630) moneda legal; suma que el señor Efrén  de Jesús Ramírez Sabana deberá consignar a favor de la Gobernación del Guainía, de conformidad con lo señalado en la parte motiva  del presente decreto.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición y contra él no procede recurso alguno, de conformidad con lo  establecido en el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C, a 26 de octubre de 2009.    

FABIO  VALENCIA COSSIO    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

               

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