DECRETO 408 DE 2007
(febrero 14)
por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.
Nota: Derogado por el Decreto 4766 de 2008, artículo 10.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, presentó al Departamento Administrativo de la Función Publica la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar la planta de personal, el cual obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo;
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió concepto favorable para efecto de modificar la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA,;
Que el Consejo Directivo del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, decidió someter a consideración del Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal, de acuerdo con el Acta número 482 del 4 de septiembre de 2006,
DECRETA:
Artículo 1°. Apruébese la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, suprimiendo los siguientes cargos:
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Artículo 2°. Apruébese la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, creándose los siguientes cargos:
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Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1455 del 19 de julio de 2001.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 14 de febrero de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
Andrés Felipe Arias Leiva.
La Subdirectora del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargada de las funciones del despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Carla Liliana Henao Carmona.