DECRETO 4050 DE 2007
(octubre 23)
por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones.
El Presidente de la República de Colombia, como jefe de Estado, jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1°. Delegar a la Viceministra del Interior, doctora María Isabel Nieto Jaramillo, y al Viceministro Asuntos Políticos y Temática Internacional del Ministerio de Defensa Nacional, Sergio Jaramillo Caro, de conformidad con las competencias de sus Ministerios y las instrucciones de sus respectivos Ministros, la coordinación conjunta con los Delegados del Gobierno en cada una de las entidades territoriales, que se designan en el artículo siguiente, de la promoción del normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos ciudadanos en todo el territorio nacional.
Artículo 2°. Para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo 19 del Decreto 3950 del 12 de octubre de 2007, se designan los siguientes funcionarios en el Distrito Capital de Bogotá y cada uno de los departamentos que se citan a continuación:
DEPARTAMENTO
DELEGADO DEL GOBIERNO
BOGOTA, D. C.
Eduardo Muñoz Gómez
Viceministro de Comercio Exterior
AMAZONAS
Daniel A. García Arizabaleta
Director Instituto Nacional de Vías
ANTIOQUIA
Fernando Arbeláez Soto
Viceministro de Agricultura y Desarrollo Rural
ARAUCA
Juan Carlos Pinzón Bueno
Viceministro de Gestión Institucional Ministerio de Defensa Nacional
ATLANTICO
Edigson Pérez Bedoya
Director Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas, IPSE
BOLIVAR
Guillermo Francisco Reyes González
Viceministro de Justicia
BOYACA
Manuel Fernando Maiguashca Olano
Viceministro de Minas y Energía
CALDAS
Oscar Edelberto Franco Charry
Director de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN
CAQUETA
Honorio Miguel Henríquez Pinedo
Director Escuela Superior de Administración Pública, ESAP
CASANARE
Claudia Patricia Mora Pineda
Viceministra de Ambiente
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
CAUCA
Hernando Carvalho Quigua
Presidente Fondo Nacional de Ahorro
CESAR
Carlos Albornoz Guerrero
Director Nacional de Estupefacientes
CORDOBA
Sergio Diazgranados Guida
Viceministro de Desarrollo Empresarial Ministerio de Comercio Industria y Turismo
CHOCO
Rodrigo Lara Restrepo
Director Programa Anticorrupción de la Presidencia de la República
CUNDINAMARCA
Adriana Mejía Hernández
Viceministra de Asuntos Multilaterales Ministerio de Relaciones Exteriores
GUAVIARE
Gilberto Quinche Toro
Presidente del Instituto de Seguros Sociales
GUAINIA
Leyla Rojas Molano
Viceministra de Agua y Saneamiento
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
HUILA
Luis Felipe Henao Cardona
Viceministro de Vivienda
Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial
LA GUAJIRA
Darío Montoya Mejía
Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA
MAGDALENA
Gloria Inés Cortés Arango
Viceministra de Hacienda
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
META
Evamaría Uribe Tobón
Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios
NARIÑO
Luis Alfonso Hoyos Aristizábal
Alto Consejero Presidencial para la Acción Social
NORTE DE SANTANDER
Oscar Orlando Rueda García
Viceministro de Turismo
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
PUTUMAYO
Juana Inés Díaz Tafur
Viceministra de Educación
Ministerio de Educación Nacional
QUINDIO
Fernando Sanclemente Alzate
Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil
RISARALDA
Rodolfo Campo Soto
Gerente General del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder
SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA
Elvira Forero Hernández
Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
SANTANDER
Blanca Elvira Cajigas de Acosta
Viceministra de Salud y Bienestar
Ministerio de la Protección Social
SUCRE
José Renán Trujillo García
Superintendente Nacional de Salud
TOLIMA
Andrés Fernando Palacio Chaverra
Viceministro de Relaciones Laborales Ministerio de la Protección Social
VALLE
Juan Guillermo Angel Mejía
Consejero Presidencial para Chocó y San Andrés
VAUPES
Everth Bustamante García
Director General del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes
VICHADA
Alvaro José Soto García
Gerente del Instituto Nacional de Concesiones, INCO
Artículo 3°. Los gastos que ocasionen el desplazamiento de los anteriores funcionarios se harán con cargo al presupuesto de sus respectivas entidades.
Artículo 4°. Vigencia. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de octubre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Carlos Holguín Sardi.