DECRETO 3975 DE 2007
(octubre 16)
por el cual se adiciona el Decreto 3150 de 2005.
Nota: Derogado por el Decreto 2699 de 2012, artículo 3º.
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°. Adiciónase el Decreto 3150 de 2005 con el cargo de Presidente de la Previsora Vida. S. A.
Artículo 2°. El Presidente de la Previsora Vida S. A. tendrá derecho a percibir la bonificación de dirección en las mismas condiciones y cuantía a que se refieren los Decretos 3150 y 3630 de 2005.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 3150 de 2005 y surte efectos fiscales a partir del 1° de mayo de 2007.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 16 de octubre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.