DECRETO 3951 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 3951 DE 2007    

(octubre 12)    

por  el cual se modifica el artículo 2° del Decreto  4652 de 27 de diciembre de 2006, modificado por el Decreto  1494 del 4 de mayo de 2007.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifícase el artículo  2° del Decreto 4652 de 2006,  modificado por el Decreto  1494 del 4 de mayo de 2007, el cual quedará así:    

“Artículo 2°. Gradualidad. El Sistema de Responsabilidad Penal  para Adolescentes operará gradualmente, de conformidad con las siguientes  fases:    

1. Primera fase. Distritos Judiciales de Bogotá y Cali. Iniciará su  operación a más tardar el día quince (15) de marzo de 2007.    

2. Segunda fase. Distritos Judiciales de Medellín, Armenia, Pereira, Manizales  y Buga. Iniciará su operación a más tardar el día primero (1°) de abril de  2008.    

3. Tercera fase. Distritos Judiciales de Bucaramanga, San Gil, Popayán,  Tunja,  Santa Rosa de Viterbo,  Cundinamarca y Antioquia. Iniciará su operación a más tardar el día primero  (1°) de octubre de 2008.    

4. Cuarta fase. Distritos Judiciales de Ibagué, Neiva, Cúcuta,  Pamplona Barranquilla, Santa Marta, Cartagena, Riohacha, Sincelejo, Montería y  Valledupar. Iniciará su operación a más tardar el día primero (1°) de abril de  2009.    

5. Quinta fase. Distritos Judiciales de San Andrés, Villavicencio,  Pasto, Quibdó, Yopal, Florencia y Arauca. Iniciará su operación a más tardar el  día primero (1°) de octubre de 2009.    

Parágrafo. La implementación de las  distintas fases que establece este artículo estará sujeta a los recursos que  para tal efecto se apropien en el Presupuesto General de la Nación”.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de  octubre de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de  Justicia,    

Carlos Holguín Sardi.    

El Ministro de Hacienda y Crédito  Público,    

Oscar Iván Zuluaga Escobar.    

El Ministro de la Protección Social,    

               

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