DECRETO 3936 DE 2008
(octubre 10)
por el cual se efectúa un nombramiento en interinidad en la Notaría Séptima de Ibagué.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 5° del Decreto 2163 de 1970, 66 numeral 2 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional mediante Decreto 160 del 23 de enero de 2008, creó las Notarías Séptima y Octava del Círculo de Ibagué (Tolima).
Que el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970 faculta al Gobierno Nacional para la designación de los Notarios de Primera Categoría.
Que se hace necesario designar Notario Séptimo del Círculo de Ibagué (Tolima), en calidad de interino mientras se provee el cargo en propiedad mediante concurso público.
Que con fundamento en la certificación expedida por el Superintendente de Notariado y Registro, el doctor Luis Alberto Castillo Alvarez, identificado con la cédula de ciudadanía número 2300315 expedida en Frías – Falan (Tolima), no se encuentra en circunstancias que impidan el ejercicio de la función notarial y reúne los requisitos exigidos en el artículo 153 del Decreto 960 de 1970, para desempeñarse como Notario de Primera Categoría.
Que por lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Nómbrase en interinidad al doctor Luis Alberto Castillo Alvarez, identificado con la cédula de ciudadanía número 2300315 expedida en Frías – Falan (Tolima), como Notario Séptimo de Círculo de Ibagué (Tolima).
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de octubre de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.