DECRETO 3918 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 3918 DE 2007    

(octubre 11)    

por  medio del cual se acepta una renuncia de un agente consular honorario del  servicio exterior.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales, legales y en  especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  la Ley 17 de 1971 y el Decreto  1538 del 17 de mayo de 2004, por medio del cual se reglamenta la apertura  de oficinas consulares honorarias, y    

CONSIDERANDO:    

Que de conformidad con la Convención  de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares aprobada por la Ley 17 de 1971, el  Gobierno de Colombia puede abrir oficinas consulares dirigidas por cónsules  honorarios;    

Que de acuerdo con el artículo 68 de  la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, todo Estado podrá  decidir libremente si ha de designar o recibir agentes consulares honorarios;    

Que a través del Decreto  1099 del 30 de mayo de 1994 se designó al señor Isao Ishimizu como Cónsul  Honorario de Colombia en la ciudad de Sapporo, Hokkaido, Japón, y Que el señor  Isao Ishimizu expresó mediante oficio de 31 de agosto de 2007 su intención de  renunciar al título de Consul Honorario en Sapporo, Hokkaido, Japón,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aceptar a partir de la fecha la renuncia  presentada por el señor Isao Ishimizu a su designación como Cónsul Honorario de  Colombia en la ciudad de Sapporo, Hokkaido, Japón.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de  octubre de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Relaciones  Exteriores,    

Fernando  Araújo Perdomo.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *