DECRETO 3915 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO 3915 DE 2008    

(octubre 9)    

por el cual se  concede la Orden del Mérito Indusrial en la Categoría de Gran Oficial.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las  conferidas por los Decretos 2898 de 1954, 1190 de 1984 y 572 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que corresponde al Gobierno Nacional conceder  la “Orden del Mérito Industrial”, con el fin de exaltar y reconocer  actos notables en el crecimiento de la industria nacional y los servicios  eminentes prestados para su desarrollo.    

Que la Organización Mundial del Turismo –  OMT, fue creada el año 1925 y en el año 1977 firmó un acuerdo de  cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, con los siguientes  objetivos: Estimular el crecimiento económico y la creación de empleo,  proporcionar incentivos a la protección del medio ambiente y el patrimonio de  los lugares turísticos, y promover la comprensión entre las naciones por medio  del turismo.    

Que la Organización Mundial del Turismo,  está integrada por 138 países y territorios y por más de 350 miembros que  representan a las administraciones locales, las asociaciones de turismo y las  empresas del sector privado (líneas aéreas, grupos hoteleros y mayoristas de  viajes, entre otros).    

Que la Organización Mundial del Turismo,  consta de una Asamblea General compuesta por miembros de pleno derecho y  miembros asociados, los cuales se reúnen bianualmente, con el fin de deliberar  sobre los principales temas de interés relacionados con el sector turístico.    

Que la Organización Mundial del Turismo,  asimismo cuenta con un Consejo Ejecutivo que la rige, compuesto por 26 miembros  elegidos por la Asamblea que se reúnen dos veces al año, y por seis Comisiones  Regionales que se reúnen al menos una vez al año y representan a las siguientes  zonas: Africa, América, Asia meridional, Asia oriental y el Pacífico, Europa y  Oriente Medio.    

Que la Organización Mundial del Turismo,  afronta el reto del cambio climático proponiendo iniciativas y Soluciones  Climáticas, y anima a los diferentes agentes del turismo a: adaptar las  políticas turísticas, el comercio y los destinos, mitigar la emisión de gases  de efecto invernadero, aplicar las nuevas tecnologías y las ya existentes, especialmente  a mejorar la eficiencia energética, y fomentar la obtención de recursos  financieros, especialmente para los países en desarrollo.    

Que la XVII Asamblea General de la Organización  Mundial del Turismo, se realizó en Cartagena de Indias en el mes de  noviembre de 2007, y congregó a 800 delegados de 120 países, Asamblea presidida  por el Secretario General de la organización, el señor Francesco Frangialli,  quien con su participación ha generado confianza del mundo en Colombia por  parte de inversionistas y turistas de todas las latitudes del mundo.    

Que la Organización Mundial del Turismo,  celebra el Día Mundial del Turismo cada año en el mes de septiembre, con el fin  de promover la sensibilización de la comunidad internacional sobre la  importancia del turismo y de sus valores sociales, culturales, políticos y  económicos.    

Que en el marco del primer evento Turismo  Compite – Por Un Turismo de Clase Mundial 2008, la Organización Mundial del  Turismo, celebró en Bogotá los días 29 y 30 de septiembre de 2008, el Día  Mundial del Turismo, con la participación de expositores de talla  internacional, evento en el cual se abordaron, entre otros, temas tan  importantes como: Vías para el turismo, aeropuertos y política aeronáutica para  el turismo, seguridad para los turistas, y cambios climáticos y sus efectos en  el turismo.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Concédase la “Orden del Mérito  Industrial”, en la categoría de “Gran Oficial”, a la “Organización  Mundial del Turismo”, como homenaje de reconocimiento a su notable  contribución y aportes a la industria nacional.    

Artículo 2°. Entréguese la presente  condecoración a la Organización Mundial del Turismo, a través de su  Secretario General, el señor Francesco Frangialli.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de octubre de 2008.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Viceministro de Comercio Exterior,  Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y  Turismo,    

Eduardo Muñoz Gómez    

               

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