DECRETO 3900 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO 3900 DE 2008    

(octubre 7)    

por el cual se  modifica la bonificación de actividad judicial    

El Presidente de la República de Colombia, en  desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1°. A partir del 1° de enero de 2009,  la bonificación de actividad judicial creada mediante Decreto 3131 de 2005,  modificada por el Decreto 3382 de 2005  y ajustada mediante Decretos 403 de 2006, 632 de 2007 y 671 de 2008 para  jueces, fiscales y procuradores judiciales 1, constituirá factor para efectos  de determinar el ingreso base de cotización del Sistema General de Pensiones, y  de acuerdo con la Ley 797 de 2003, para  cotización al Sistema General de Seguridad Social en Salud.    

Artículo 2°. El presente decreto deroga a  partir del 1° de enero de 2009 el artículo 2° del Decreto 3131 de 2005  y demás disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 7 de octubre de 2008.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Oscar Iván Zuluaga Escobar.    

El Director del Departamento Administrativo de  la Función Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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