DECRETO 3863 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 3863 DE 2009    

(octubre 6)    

por el cual se hace  un encargo.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades Constitucionales y  legales, en especial la que le confiere el artículo 10 de la Ley 768 de 2002, en  armonía con el inciso segundo del artículo 106 de la Ley 136 de 1994, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Alcalde del  Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, doctor Alejandro Char Chaljub, mediante Escrito DA  número 0435-1 del 5 de octubre de 2009, manifestó al Ministro del Interior y de  Justicia, que solicitó al Gobernador del departamento del Atlántico, licencia  no remunerada entre los días 6 y 13 de octubre de 2009, con el fin de atender  unas diligencias de carácter personal, y sugirió que se encargue de las  funciones del Despacho al doctor Guillermo Polo Carbonell, quien se desempeña  como Secretario de Gobierno del Distrito y pertenece a su movimiento político.    

Que de conformidad con  el artículo 10 de la Ley 768 de 2002, en  armonía con el inciso segundo del artículo 106 de la Ley 136 de 1994, en  casos de falta temporal del Alcalde Distrital, el  Presidente de la República es la autoridad competente para designar el Alcalde  encargado, pudiendo recaer su designación en un Secretario de Despacho.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Encargar  de las funciones del Despacho del Alcalde del Distrito Especial, Industrial y  Portuario de Barranquilla, al doctor Guillermo Polo Carbonell, identificado con  la cédula de ciudadanía número 72143572 expedida en Barranquilla, quien se  desempeña como Secretario de Gobierno del citado Distrito, por el término que  dure la licencia otorgada al Alcalde titular.    

Artículo 2°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a los 6 de octubre de 2009.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del  Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

               

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