DECRETO 384 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO  384 DE 2008    

(febrero 12)    

por el cual se declara terminado el “Acuerdo Constitutivo del Centro  del Sur”, firmado en Ginebra, el 1° de septiembre de 1994.    

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de las facultades que le otorga el artículo 189, numeral 2 de la Constitución  Política de Colombia, en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Ley 7ª  del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 4° dispone que cuando un  Tratado, Convenio, Convención, etc., dejen de regir para Colombia por virtud de  denuncia, caducidad o cualquiera otra causa, el órgano Ejecutivo dictará un decreto  en que se declare esta circunstancia, con determinación de la fecha en que el  Acuerdo dejará de tener vigencia para el Estado colombiano;    

Que el 9 de noviembre  de 2007, la República de Colombia depositó ante la Secre­taría General de las  Naciones Unidas; Oficina de Asuntos Jurídicos, Sección Tratados el Instrumento de  Denuncia del “Acuerdo Constitutivo del Centro del Sur”, firmado en Ginebra, el  1° de septiembre de 1994;    

Que de conformidad con  el artículo XVIII del “Acuerdo Constitutivo del Centro del Sur”, firmado en  Ginebra el 1° de septiembre de 1994, la denuncia del mismo procede sesenta días  después de que el Depositario reciba la notificación. En consecuencia, el  citado Instrumento Internacional quedó sin vigor para Colombia a partir del 10  de enero de 2008,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Declárase  por terminado el “Acuerdo Constitutivo del Centro del Sur”, firmado en Ginebra  el 1° de septiembre de 1994, a partir del 10 de enero de 2008.    

Artículo 2°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a 12 de febrero de 2008.    

ÁLVARO URIBE  VÉLEZ    

El Ministro de  Relaciones Exteriores,    

Fernando Araújo Perdomo.    

               

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