DECRETO 383 DE 2008
(febrero 12)
por medio del cual se promulga el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Reino de España para la Promoción Recíproca de Inversiones”, firmado en Bogotá el treinta uno (31) de marzo de dos mil cinco 2005.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 7ª del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 1° dispone que los Tratados, Convenios, Convenciones, Acuerdos, Arreglos u otros actos internacionales aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas, mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales, mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de ratificación, u otra formalidad equivalente;
Que la misma ley en su artículo 2° ordena la promulgación de los tratados y convenios internacionales una vez sea perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia;
Que el Congreso Nacional, mediante la Ley 1069 del 31 de julio de 2006, publicada en el Diario Oficial número 46.346 del 31 de julio de 2006, aprobó el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Reino de España para la Promoción Recíproca de Inversiones”, firmado en Bogotá el treinta uno (31) de marzo de dos mil cinco (2005);
Que la Corte Constitucional en Sentencia C-309 del 3 de mayo de 2007, declaró exequible la ley y el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Reino de España para la Promoción Recíproca de Inversiones”, firmado en Bogotá el treinta uno (31) de marzo de dos mil cinco (2005);
Que mediante Nota OAJ.CAT número 33891 del 24 de julio de 2007, el Gobierno Nacional informó el cumplimiento de los requisitos constitucionales para la entrada en vigor del citado Acuerdo, y en el mismo sentido lo hizo el Reino de España mediante la Nota Verbal número 003/06 del 11 enero de 2006.
En consecuencia, el citado instrumento internacional entró en vigor el 22 de septiembre de 2007, de acuerdo a lo previsto en su artículo 13,
DECRETA:
Artículo 1°. Promúlgase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Reino de España para la Promoción Recíproca de Inversiones”, firmado en Bogotá el treinta uno (31) de marzo de dos mil cinco (2005);
(Para ser trascrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Reino de España para la promoción Recíproca de Inversiones”, firmado en Bogotá el treinta uno (31) de marzo de dos mil cinco (2005).
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de febrero de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Fernando Araújo Perdomo.