DECRETO 376 DE 2008
(febrero 12)
por el cual se ejecuta una sanción y se efectúa un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 5° del Decreto 2163 de 1970, 66 y 74 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 5818 del 5 de septiembre de 2006, la Dirección de Vigilancia de la Superintendencia de Notariado y Registro, sancionó disciplinariamente con suspensión en el ejercicio del cargo por el término de dos (2) meses al doctor Benjamín Ramírez Montealegre, Notario Primero del Círculo del Espinal, Tolima;
Que la Superintendente de Notariado y Registro mediante Resolución número 2014 del 30 de marzo de 2007, al resolver el recurso de apelación interpuesto por el disciplinado confirmó la mencionada sanción, la cual quedó debidamente ejecutoriada el 30 de marzo de 2007, conforme a la constancia proferida en esa fecha por el Secretario General de la Superintendencia de Notariado y Registro;
Que el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970, faculta al Gobierno Nacional para nombrar a los Notarios de Primera Categoría;
Que corresponde al Gobierno Nacional, en su condición de nominador, hacer efectiva la sanción impuesta al doctor Benjamín Ramírez Montealegre y designar a la persona que habrá de reemplazarlo durante su ausencia;
Que con fundamento en la certificación expedida por la Superintendente de Notariado y Registro, el doctor Fabio Humberto Santana Urrego, identificado con la cédula de ciudadanía número 19089937 expedida en Bogotá, reúne los requisitos exigidos en el numeral 2, literal a) del artículo 60 del Decreto 2148 de 1983, para desempeñarse como Notario de primera categoría en calidad de encargado;
Que por anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Ejecutar la sanción de suspensión en el ejercicio del cargo impuesta al doctor Benjamín Ramírez Montealegre, identificado con la cédula de ciudadanía número 5903163 expedida en Chicoral, Tolima, Notario Primero del Círculo de Espinal, Tolima, por el término de dos (2) meses, contados a partir de la fecha de posesión del encargado.
Artículo 2°. Encargar de la Notaría Primera del Círculo de Espinal, Tolima, el doctor Fabio Humberto Santana Urrego, identificado con la cédula de ciudadanía número 19089937 expedida en Bogotá, por el término de dos (2) meses.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de febrero de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Carlos Holguín Sardi.