DECRETO 376 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO  376 DE 2008    

(febrero 12)    

por el cual se ejecuta una sanción y se efectúa un encargo.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, en especial de las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y  los artículos 5° del Decreto 2163 de 1970,  66 y 74 del Decreto  Reglamentario 2148 de 1983, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante  Resolución número 5818 del 5 de septiembre de 2006, la Dirección de Vigilancia  de la Superintendencia de Notariado y Registro, sancionó disciplinariamente con  suspensión en el ejercicio del cargo por el término de dos (2) meses al doctor  Benjamín Ramírez Montealegre, Notario Primero del Círculo del Espinal, Tolima;    

Que la Superintendente  de Notariado y Registro mediante Resolución número 2014 del 30 de marzo de  2007, al resolver el recurso de apelación interpuesto por el disciplinado  confirmó la mencionada sanción, la cual quedó debidamente ejecutoriada el 30 de  marzo de 2007, conforme a la constancia proferida en esa fecha por el  Secretario General de la Superintendencia de Notariado y Registro;    

Que el artículo 5° del  Decreto 2163 de 1970,  faculta al Gobierno Nacional para nombrar a los Notarios de Primera Categoría;    

Que corresponde al  Gobierno Nacional, en su condición de nominador, hacer efectiva la sanción  impuesta al doctor Benjamín Ramírez Montealegre y designar a la persona que  habrá de reemplazarlo durante su ausencia;    

Que con fundamento en  la certificación expedida por la Superintendente de Notariado y Registro, el  doctor Fabio Humberto Santana Urrego, identificado con la cédula de ciudadanía  número 19089937 expedida en Bogotá, reúne los requisitos exigidos en el numeral  2, literal a) del artículo 60 del Decreto 2148 de 1983,  para desempeñarse como Notario de primera categoría en calidad de encargado;    

Que por anteriormente  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Ejecutar  la sanción de suspensión en el ejercicio del cargo impuesta al doctor Benjamín  Ramírez Montealegre, identificado con la cédula de ciudadanía número 5903163  expedida en Chicoral, Tolima, Notario Primero del Círculo de Espinal, Tolima,  por el término de dos (2) meses, contados a partir de la fecha de posesión del  encargado.    

Artículo 2°. Encargar  de la Notaría Primera del Círculo de Espinal, Tolima, el doctor Fabio Humberto  Santana Urrego, identificado con la cédula de ciudadanía número 19089937  expedida en Bogotá, por el término de dos (2) meses.    

Artículo 3°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a 12 de febrero de 2008.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del  Interior y de Justicia,    

Carlos Holguín Sardi.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *