DECRETO 3735 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO 3735 DE 2008    

(septiembre 24)    

por el cual se  efectúa un nombramiento en interinidad.    

Nota: Ver Decreto 256 de 2014.    

El Ministro del Interior y de Justicia de la  República de Colombia, delegatario de Funciones Presidenciales mediante Decreto  número 3539 del 16 de septiembre de 2008, en ejercicio de sus facultades  legales, en especial de la conferida por el artículo 7° del Decreto 2156 de 1970,  en concordancia con el numeral 12 del artículo 13 del Decreto 412 de 2007,  y    

CONSIDERANDO:    

Que por Decreto  2779 de 30 de julio de 2008, el Gobierno Nacional aceptó la renuncia  presentada por el doctor Héctor Iván Tobón Ramírez  identificado con la cédula de ciudadanía número 71581126, al cargo de  Registrador Principal código 2168 grado 23 de Instrumentos Públicos de Medellín  Zona Sur, Antioquia, y encargó, por razones del servicio, a la doctora María  Elena Molina Parra, funcionaria de la Superintendencia de Notariado y Registro.    

Que de conformidad con lo señalado en el  artículo 59 del Decreto 1250 de 1970,  modificado por el artículo 7° del Decreto 2156 del mismo año, corresponde al  Gobierno Nacional, la nominación de los Registradores Principales de  Instrumentos Públicos.    

Que según certificación de 28 de agosto de  2008, expedida por la Superintendente de Notariado y Registro, el doctor Wilman Antonio Rojo Zapata, identificado con la cédula de  ciudadanía número 98464303, a quien se nombra en interinidad en el presente Decreto  como Registrador Principal código 2168 grado 23, de Instrumentos Públicos de  Medellín Zona Sur, no se encuentra en circunstancias que impidan el ejercicio  de la función registral y reúne los requisitos  exigidos en el artículo 153 del Decreto ley 960 de  1970, para desempeñarse en el mencionado cargo.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nombrar en interinidad al doctor Wilman Antonio Rojo Zapata, identificado con la cédula de  ciudadanía número 98464303, en el cargo de Registrador Principal código 2168  grado 23 de Instrumentos Públicos de Medellín Zona Sur.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de septiembre de  2008.    

FABIO VALENCIA COSSIO    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio    

               

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