DECRETO 370 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 370 DE 2009    

(febrero 9)    

por el cual se  modifica el Arancel de Aduanas.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que  confieren el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política,  con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  4589 del 27 de diciembre de 2006, se adoptó el Arancel de Aduanas que entró  a regir a partir del 1° de enero de 2007;    

Que el Comité de Asuntos Aduaneros  Arancelarios y de Comercio Exterior, en su Sesión 200 del 9 de febrero de 2009,  recomendó al Gobierno Nacional la reducción temporal del gravamen arancelario  al cero por ciento (0%) para la importación de cemento Pórtland gris, clasificado  en la subpartida arancelaria 2523.29.00.00, hasta el 31 de diciembre de 2009,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Establecer un gravamen  arancelario del cero por ciento (0%) para la importación de cemento Pórtland  gris clasificado en la subpartida arancelaria 2523.29.00.00.    

Artículo 2°. El arancel establecido en el  artículo 1° del presente decreto, rige hasta el 31 de diciembre de 2009.  Vencido este término, se restablecerá el arancel contemplado en el Decreto 4589 de 2006.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica en  lo pertinente el artículo 1° del Decreto 4589 de 2006.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de febrero de 2009.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Oscar Iván Zuluaga Escobar.    

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,    

Luis Guillermo Plata Páez.    

               

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