DECRETO 3663 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 3663 DE 2007    

(septiembre 21)    

por  el cual se modifica parcialmente el artículo 98 del Decreto 989 de 1992.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades que le con- fiere el numeral 11 del  artículo 189 de la Constitución Política y  los artículos 154 y 174 del Decreto ley 1211  de 1990,    

DECRETA:    

Artículo 1°. El personal de  Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares podrá disfrutar sus  vacaciones en cualquier momento mientras permanezcan en servicio activo. El reconocimiento  y pago de las vacaciones causadas y no disfrutadas, se continuará haciendo exigible  a partir de la fecha en la que los oficiales y suboficiales sean retirados o se  retiren del servicio activo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 174  del Decreto ley 1211  de 1990.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el  artículo 98 del Decreto 989 de 1992.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 21 de  septiembre de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Defensa Nacional,    

Juan Manuel Santos C.    

               

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