DECRETO 3655 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 3655 DE 2009    

(septiembre 23)    

por el cual se  modifica parcialmente el Decreto 2271 de 2009.    

Nota: Ver Decreto 1625 de 2016,  Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria.    

El Ministro del  Interior y de Justicia de la República de Colombia, delegatario de funciones  presidenciales mediante Decreto  número 3542 del 16 de septiembre de 2009, en uso de sus facultades  constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 11 y  20 del artículo 189 de la Constitución Política, y  en desarrollo de los artículos 365 y 387 del Estatuto Tributario,    

DECRETA:    

Artículo 1°.  Modifícase el inciso 1° del artículo 3° del Decreto 2271 de 2009,  el cual queda así:    

“Artículo 3°. Deducción de los aportes obligatorios. El valor a cargo  del trabajador en los aportes obligatorios al Sistema General de Seguridad  Social en Salud es deducible. Para la disminución de la base de retención en la  fuente a título de impuesto sobre la renta, el valor a deducir mensualmente se  obtiene de dividir el aporte total realizado por el trabajador asalariado en el  año inmediatamente anterior o el aporte que aparezca en el certificado vigente  entregado por el trabajador, por doce (12) o por el número de meses a que  corresponda si es inferior a un año”.    

Nota, artículo 1º: Ver artículo 1.2.4.1.15. del Decreto 1625 de 2016,  Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria.    

Artículo 2°. Vigencia y derogatorias. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le  sean contrarias, en especial el artículo 5° del Decreto 2271 de 2009.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a 23 de septiembre de 2009.    

FABIO VALENCIA COSSIO    

EL Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

Oscar  Iván Zuluaga Escobar    

               

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