DECRETO 3599 DE 2007
(septiembre 20)
por el cual se acepta la renuncia del gobernador del departamento del Cesar y se prorroga un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 303 de la Constitución Nacional, y 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante comunicación del 24 de agosto de 2007, el señor Hernando Molina Araújo, identificado con la cédula de ciudadanía número 77012832 de Valledupar, presentó renuncia irrevocable del cargo de gobernador del departamento del Cesar, cargo para el cual fue elegido por el periodo constitucional 2004-2007;
Que compete al Presidente de la República, como máxima autoridad administrativa y en ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, aceptar la renuncia del señor Hernando Molina Araújo, Gobernador del departamento del Cesar;
Que la renuncia del cargo de gobernador origina una falta absoluta, situación regulada en el artículo 1° del Acto Legislativo número 2 de 2002, en cuyo inciso 3° dispone que cuando se presente falta absoluta a menos de dieciocho (18) meses de la terminación del período, el Presidente de la República designará un Gobernador para lo que reste del período, respetando el partido, grupo político o coalición por el cual fue inscrito el gobernador elegido;
Que por solicitud de autoridad judicial competente e señor Hernando Molina Araujo, se encontraba suspendido en el ejercicio de su cargo, y mediante Decreto 2835 del 26 de julio de 2007, el Gobierno Nacional nombró como gobernador encargado durante el término de suspensión del titular al señor Rodrigo Canosa Guerrero, ciudadano designado previa postulación del Partido Liberal, partido político que inscribió al señor Hernando Molina Araújo para dicho cargo,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptar la renuncia presentada por el señor Hernando Molina Araújo, identificado con la cédula de ciudadanía número 77012832 de Valledupar, al cargo de Gobernador del departamento del Cesar, para el cual fue elegido popularmente por el período institucional comprendido entre el 1° de enero de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2007.
Artículo 2°. Prorrogar el encargo como Gobernador del departamento del Cesar del señor Rodrigo Canosa Guerrero, identificado con la cédula de ciudadanía número 12501687, por el resto del período constitucional.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 20 de septiembre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Carlos Holguín Sardi.