DECRETO 3517 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO  3517 DE 2008    

(septiembre  16)    

por el cual se modifica el Decreto  3271 del 2 de septiembre de 2008.    

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades conferidas por  el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política,  con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, oído el  Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y    

DECRETA:    

Artículo  1°. Modifícase el artículo 1° del Decreto  3271 del 2 de septiembre de 2008, el cual quedará así:    

“Establecer  un gravamen arancelario del 40% para las importaciones de productos del sector  de confecciones de materias textiles clasificables por los Capítulos 61 y 62  del Arancel de Aduanas siempre que los precios FOB declarados sean inferiores a  los precios indicativos determinados por la Dirección de Impuestos y Aduanas  Nacionales”.    

Artículo  2°. El presente decreto rige a partir de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 16 de septiembre de 2008.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Oscar  Iván Zuluaga Escobar.    

El  Ministro de Comercio, Industria y Turismo ad hoc,    

Juan Lozano Ramírez.    

               

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