DECRETO 3516 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO  3516 DE 2008    

(septiembre  16)    

por el cual se modifica el Decreto  3272 del 2 de septiembre de 2008.    

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades conferidas por  el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política,  con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, oído el  Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y    

DECRETA:    

Artículo  1°. Modifícase el artículo 1° del Decreto  3272 del 2 de septiembre de 2008, el cual quedará así:    

“Establecer  un gravamen arancelario del 35% para las importaciones de calzado de las partidas  64.01 a 64.05 del Arancel de Aduanas, excepto la subpartida 6405.20.00.00 para la  que se establece un gravamen arancelario de 40%, siempre que los precios FOB  declarados sean inferiores a los precios indicativos determinados por la  Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales”.    

Artículo  2°. El presente decreto rige a partir de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 16 de septiembre de 2008.    

ÁLVARO  URIBE VÉLEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Oscar  Iván Zuluaga Escobar.    

El  Viceministro de Turismo, encargado de las funciones del Despacho del Ministro  de Comercio, Industria y Turismo,    

Oscar  Rueda García.    

               

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