DECRETO 3452 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO 3452 DE 2008    

(septiembre 12)    

por el cual se delegan unas funciones  constitucionales.    

Nota: Derogado por  el Decreto 3539 de 2008,  artículo 2º.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Presidente de la República se  trasladará entre los días 16 al 25 de septiembre del presente año, a las  ciudades de Washington, New York (Estados Unidos de Norteamérica) y El Salvador  (República de San Salvador), con el fin de asistir a reuniones sobre el TLC,  Asamblea Anual de las Naciones Unidas y Asamblea de la Asociación Nacional de  la Empresa Privada-ANEP;    

Que de conformidad con las disposiciones  constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro del  Interior y de Justicia, está habilitado para ejercer las funciones  constitucionales como Ministro Delegatario,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Por el tiempo que dure la  ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren  los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro del Interior y  de Justicia, doctor Fabio Valencia Cossio, las funciones legales y las  correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:    

1. Artículos 129; 189, con excepción de lo  previsto en los numerales 1 y 2; 303, 304 y 314.    

2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere  al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la  República.    

3. Artículos 163, 165 y 166.    

4. Artículos 200 y 201.    

5. Artículos 213, 214 y 215.    

Artículo 2°. Derógase el Decreto  número 2485 del 9 de julio de 2008.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de septiembre de  2008.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

               

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