DECRETO 3378 DE 2007
(septiembre 6)
por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
Nota: Derogado por el Decreto 3574 de 2011, artículo 9º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública los estudios técnicos de que tratan los artículo 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de establecer la planta de personal; encontrándolos ajustados técnicamente y emitiendo en consecuencia concepto técnico favorable de conformidad con lo señalado en el artículo 95 del Decreto 1227 de 2005;
Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Publico, otorgó el certificado de viabilidad presupuestal,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense los siguientes empleos de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial:
n° de cargos
denominacion del empleo
codigo
grado
22 (veintidós)
Jefe de Programa
2084
23
18 (dieciocho)
Jefe de Programa
2084
21
1 (uno)
Auxiliar Administrativo
4044
20
5 (cinco)
Pagador
5045
20
4 (cuatro)
Operario Calificado
4169
11
1 (uno)
Operario Calificado
4169
09
1 (uno)
Conductor Mecánico
4103
09
1 (uno)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
09
Artículo 2°. Créense los siguientes empleos en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial:
n° de cargos
denominacion del empleo
codigo
grado
2 (dos)
Profesional Especializado
2028
20
22 (veintidós)
Administrador de Parques Nacionales
2024
19
27 (veintisiete)
Administrador de Parques Nacionales
2024
17
1 (uno)
Profesional Universitario
2044
06
1 (uno)
Técnico Administrativo
3124
11
5 (cinco)
Auxiliar Administrativo
4044
20
2 (dos)
Operario Calificado
4169
09
Artículo 3°. El empleado de carrera a quien se le suprima el cargo del cual es titular, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto, será incorporado en un empleo igual o equivalente, de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Ley 909 de 2004, y los artículos 87 y siguientes del Decreto 1227 de 2005.
Artículo 4°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo I del Título II del Decreto 1227 de 2005, y demás normas concordantes.
Artículo 5°. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 2° del presente decreto, se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 909 de 2004, el artículo 88 del Decreto 1227 de 2005 y demás normas sobre la materia, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación.
Artículo 6°. Los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, a quienes se les suprima el cargo, continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos de los que son titulares, hasta tanto se produzca la incorporación a los nuevos empleos que se crean en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y tomen posesión del cargo.
Artículo 7°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 4° del Decreto 217 de 2003.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de septiembre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,
Juan Lozano Ramírez.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Antonio Grillo Rubiano.