DECRETO 3362 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 3362 DE 2007    

(septiembre 6)    

por  el cual se dictan disposiciones de transición para el funcionamiento del  Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder.    

Nota 1:  Ver Sentencia del 28 de febrero de 2013. Exp.  2229-07. Sección 2ª. Actor: Luz Beatriz Pedraza Bernal. Ponente: Gustavo  Eduardo Gómez Aranguren.    

Nota 2:  Ver Sentencia del Consejo de Estado del 18 de agosto de 2011. Expediente:  11001-03-24-000-2007-00358-00. Sección 1ª.   Actor: Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios.  Ponente: Rafael E. Ostau De Lafont Pianeta. Ver Auto del 6 de diciembre de 2007  dentro del mismo Expediente.    

Nota 3:  Ver Auto del Consejo de Estado del 27 de marzo de 2008. Expediente:  2007-00343-00. Actor: Patricia Castro. Ponente: Camilo Arciniegas Andrade.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 54 de la Ley 489 de 1998 y en  concordancia con lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley 1152 de 2007,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Las dependencias  señaladas en el artículo 8° del Decreto 1300 de 2003,  continuarán cumpliendo con las funciones asignadas con anterioridad a la fecha  de publicación de la Ley 1152 de 2007,  hasta tanto se dé aplicación a lo señalado en el artículo 24 de la misma,  mientras ello ocurre, las funciones de los empleos seguirán siendo las fijadas  en el manual específico de funciones y de competencias laborales vigente a la  publicación de la citada ley, sin perjuicio de las demás que le sean asignadas  de acuerdo con las disposiciones que regulan la materia.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 6 de  septiembre de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Agricultura y  Desarrollo Rural,    

Andrés Felipe Arias Leiva.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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