DECRETO 3358 DE 2009
(septiembre 7)
por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.
Nota 1: Modificado por el Decreto 2007 de 2019, por el Decreto 1534 de 2019, por el Decreto 1114 de 2018, por el Decreto 2123 de 2017, por el Decreto 2010 de 2017, por el Decreto 870 de 2016 y por el Decreto 2538 de 2015.
Nota 2: Adicionado por el Decreto 2675 de 2013, por el Decreto 47 de 2013 y por el Decreto 1444 de 2011.
Nota 3: Ver el Decreto 3550 de 2009 y el Decreto 3549 de 2009.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, artículo 115 y literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998 y,
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores presentó al Departamento Administrativo de Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para afectos de modificar la Planta de Personal, encontrándolo ajustado técnicamente y emitiendo, en consecuencia, concepto favorable.
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó certificado de viabilidad presupuestal.
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores los siguientes empleos:
DESPACHO DEL MINISTRO
N° DE CARGOS
DENOMINACION
CODIGO
GRADO
1 (uno)
MINISTRO 0005 -1
(uno)
ASESOR
1020
18
2 (dos)
ASESOR
1020
14
3 (tres)
ASESOR
1020
13
1 (uno)
PROFESIONAL UNIVERSITARIO
2044
10
2 (dos)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
16
5 (cinco)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
11
1 (uno)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
18
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
12
1 (uno)
AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES
4064
09
3 (tres)
CONDUCTOR MECANICO
4103
19
1 (uno)
CONDUCTOR MECANICO
4103
11
1 (uno)
OPERARIO CALIFICADO
4169
11
2 (dos)
SECRETARIO EJECUTIVO DEL DESPACHO DEL MINISTRO
4212
26
DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
N° DE CARGOS
DENOMINACION
CODIGO
GRADO
1 (uno)
VICEMINISTRO
0020 —
1 (uno)
ASESOR
1020 14
2 (dos)
ASESOR
1020 13
1 (uno)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
18
1 (uno)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
15
1 (uno)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
14
2 (dos)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
11
1 (uno)
TECNICO OPERATIVO
3132
11
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
18
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
13
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
11
2 (dos)
CONDUCTOR MECANICO
4103
19
1 (uno)
SECRETARIO BILINGÜE
4182
26
1 (uno)
SECRETARIO EJECUTIVO
4210
18
1 (uno)
SECRETARIO EJECUTIVO DEL DESPACHO DEL VICEMINISTRO
4215
23
DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE ASUNTOS MULTILATERALES
N° DE CARGOS
DENOMINACION
CODIGO
GRADO
1 (uno)
VICEMINISTRO
0020 –
–
3 (tres)
ASESOR
1020
13
2 (dos)
TECNICO
3100
15
4 (cuatro)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
11
1 (uno)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
23
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
20
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
18
1 (uno)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
14
1 (uno)
CONDUCTOR MECANICO
4103
19
1 (uno)
SECRETARIO
4178
13
1 (uno)
SECRETARIO BILINGÜE
4182
26
1 (uno)
SECRETARIO EJECUTIVO
4210
18
1 (uno)
SECRETARIO EJECUTIVO DEL DESPACHO DEL VICEMINISTRO
4215
23
PLANTA GLOBAL
N° DE CARGOS
DENOMINACION
CODIGO
GRADO
1 (uno)
SECRETARIO GENERAL DE MINISTERIO
0035
22
16 (dieciséis)
MINISTRO PLENIPOTENCIARIO
0074
18
1 (uno)
DIRECTOR DE ACADEMIA DIPLOMATICA
0086
18
1 (uno)
DIRECTOR GENERAL DEL PROTOCOLO
0087
18
1 (uno)
DIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO
0100
18
12 (doce)
DIRECTOR TECNICO
0100
18
1 (uno)
JEFE DE OFICINA
0137
14
5 (cinco)
ASESOR
1020
13
4 (cuatro)
ASESOR
1020
09
1 (uno)
ASESOR
1020
07
28 (veintiocho)
ASESOR
1020
04
15 (quince)
ASESOR
1020
02
15 (quince)
ASESOR
1020
01
1 (uno)
JEFE DE OFICINA ASESORA DE JURIDICA
1045
12
1 (uno)
JEFE DE OFICINA ASESORA DE PLANEACION
1045
12
1 (uno)
PROFESIONAL UNIVERSITARIO
2044
11
3 (tres)
PROFESIONAL UNIVERSITARIO
2044
10
1 (uno)
PROFESIONAL UNIVERSITARIO
2044
09
3 (tres)
PROFESIONAL UNIVERSITARIO
2044
05
1 (uno)
PROFESIONAL UNIVERSITARIO
2044
04
1 (uno)
PROFESIONAL UNIVERSITARIO
2044
01
30 (treinta)
PRIMER SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES
2112
13
33 (treinta y tres)
SEGUNDO SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES
2114
09
40 (cuarenta)
TERCER SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES
2116
05
17 (diecisiete)
CONSEJERO DE RELACIONES EXTERIORES
2133
15
23 (veintitrés)
MINISTRO CONSEJERO
2142
18
1 (uno)
TECNICO
3100
16
4 (cuatro)
TECNICO
3100
15
3 (tres)
TECNICO
3100
12
7 (siete)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
13
11 (once)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
11
3 (tres)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
09
2 (dos)
TECNICO OPERATIVO
3132
12
1 (uno)
TECNICO OPERATIVO
3132
11
3 (tres)
TECNICO OPERATIVO
3132
09
1 (uno)
TECNICO OPERATIVO
3132
08
21 (veintiún)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
18
8 (ocho)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
16
12 (doce)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044 13
16 (dieciséis)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044 11
27 (veintisiete)
CONDUCTOR MECANICO
4103 11
24 (veinticuatro)
OPERARIO CALIFICADO
4169
11
1 (uno)
SECRETARIO
4178
13
10 (diez)
SECRETARIO EJECUTIVO
4210
18
4 (cuatro)
SECRETARIO EJECUTIVO
4210
16
MISIONES DIPLOMATICAS
N° DE CARGOS
DENOMINACION
CODIGO
15 (quince)
EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO
08 EX
2 (dos)
EMBAJADOR JEFE
08 EX
29 (veintinueve)
EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO
07 EX
2 (dos)
EMBAJADOR ALTERNO
07 EX
1 (uno)
EMBAJADOR JEFE
07 EX
1 (uno)
EMBAJADOR REPRESENTANTE PERMANENTE ONUDI-OTEAONU
07 EX
1 (uno)
EMBAJADOR REPRESENTANTE PERMANENTE
07 EX
1 (uno)
EMBAJADOR REPRESENTANTE PERMANENTE ONU
07 EX
1 (uno)
REPRESENTANTE PERMANENTE ALTERNO
07 EX
2 (dos)
CONSUL GENERAL CENTRAL 07 EX
9 (nueve)
MINISTRO PLENIPOTENCIARIO 06 EX
1 (uno)
MINISTRO PLENIPOTENCIARIO ENCARGADO DE FUNCIONES CONSULARES
06 EX
19 (diecinueve)
MINISTRO CONSEJERO
05 EX
3 (tres)
MINISTRO CONSEJERO ENCARGADO DE FUNCIONES CONSULARES
05 EX
19 (diecinueve)
CONSEJERO
04 EX
8 (ocho)
CONSEJERO ENCARGADO DE FUNCIONES CONSULARES
04 EX
28 (veintiocho)
CONSUL GENERAL
04 EX
29 (veintinueve)
PRIMER SECRETARIO 03 EX
13 (trece)
PRIMER SECRETARIO ENCARGADO DE FUNCIONES CONSULARES
03 EX
1 (uno)
PRIMER SECRETARIO ENCARGADO DE FUNCIONES CULTURALES
03 EX
22 (veintidós)
CONSUL DE PRIMERA CLASE
03 EX
34 (treinta y cuatro)
SEGUNDO SECRETARIO
02 EX
9 (nueve)
SEGUNDO SECRETARIO ENCARGADO DE FUNCIONES CONSULARES
02 EX
1 (uno)
SEGUNDO SECRETARIO ENCARGADO DE FUNCIONES CULTURALES
02 EX
24 (veinticuatro)
CONSUL DE SEGUNDA CLASE
02 EX
15 (quince)
TERCER SECRETARIO
01 EX
30 (treinta)
VICECONSUL
01 EX
5 (cinco)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
13 PA
3 (tres)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO BILINGÜE
13 PA
4 (cuatro)
CANCILLER
13 PA
2 (dos)
SECRETARIO
13 PA
1 (uno)
SECRETARIO EJECUTIVO
13 PA
1 (uno)
AGREGADO CIVIL
12 PA
17 (diecisiete)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
12 PA
4 (cuatro)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO BILINGÜE
12 PA
6 (seis)
CANCILLER
12 PA
1 (uno)
SECRETARIO
12 PA
1 (uno)
SECRETARIO EJECUTIVO BILINGÜE
12 PA
13 (trece)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
11 PA
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO BILINGÜE
11 PA
1 (uno)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO BILINGUE (LOCAL)
11 PA
5 (cinco)
CANCILLER
11 PA
2 (dos)
MECANOTAQUIGRAFA BILINGÜE
11 PA
1 (uno)
SECRETARIO BILINGÜE
11 PA
12 (doce)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
10 PA
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO (LOCAL)
10 PA
1 (uno)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO BILINGÜE
10 PA
5 (cinco)
CANCILLER
10 PA
1 (uno)
MECANOTAQUIGRAFA BILINGÜE
10 PA
3 (tres)
SECRETARIO BILINGÜE
10 PA
11 (once)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
09 PA
3 (tres)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO (LOCAL)
09 PA
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO BILINGÜE
09 PA
1 (uno)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO BILINGUE (LOCAL)
09 PA
4 (cuatro)
CANCILLER
09 PA
1 (uno)
SECRETARIO
09 PA
26 (veintiséis)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
08 PA
1 (uno)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO (LOCAL)
08 PA
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO BILINGÜE
08 PA
3 (tres)
CANCILLER
08 PA
3 (tres)
SECRETARIO BILINGÜE
08 PA
1 (uno)
TECNICO ADMINISTRATIVO
08 PA
25 (veinticinco)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
07 PA
4 (cuatro)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO (LOCAL)
07 PA
1 (uno)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO BILINGÜE
07 PA
3 (tres)
CANCILLER
07 PA
1 (uno)
CANCILLER (LOCAL)
07 PA
2 (dos)
MECANOTAQUIGRAFA
07 PA
25 (veinticinco)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
06 PA
5 (cinco)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO (LOCAL)
06 PA
1 (uno)
MECANOTAQUIGRAFA
06 PA
25 (veinticinco)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
05 PA
7 (siete)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO (LOCAL)
05 PA
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO BILINGÜE
05 PA
2 (dos)
MECANOTAQUIGRAFA
05 PA
1 (uno)
MECANOTAQUIGRAFA (LOCAL)
05 PA
33 (treinta y tres)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
04 PA
16 (dieciséis)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO (LOCAL)
04 PA
1 (uno)
MECANOTAQUIGRAFA BILINGÜE (LOCAL)
04 PA
1 (uno)
AUXILIAR (LOCAL)
03 PA
12 (doce)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
03 PA
9 (nueve)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO (LOCAL)
03 PA
1 (uno)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO BILINGÜE
03 PA
1 (uno)
SECRETARIA MECANOTAQUIGRAFA (LOCAL)
03 PA
8 (ocho)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
02 PA
27 (veintisiete)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO (LOCAL)
02 PA
12 (doce)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
01 PA
28 (veintiocho)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO (LOCAL)
01 PA
1 (uno)
SECRETARIA (LOCAL)
01 PA
Artículo 2°. Planta de Personal. Las funciones propias del Ministerio de Relaciones Exteriores, serán cumplidas por la Planta de Personal que se establece a continuación:
2.1 DESPACHO MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
N° DE CARGOS
DENOMINACION
CODIGO
GRADO
1 (uno)
MINISTRO
0005
-1
(uno)
ASESOR
1020
18
2 (dos)
ASESOR
1020
16
3 (tres)
ASESOR
1020
15
1 (uno)
ASESOR
1020
13
1 (uno)
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
2028
12
2 (dos)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
18
5 (cinco)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
13
1 (uno)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
20
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
14
1 (uno)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
13
1 (uno)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
11
3 (tres)
CONDUCTOR MECANICO
4103
19
1 (uno)
CONDUCTOR MECANICO
4103
13
2 (dos)
SECRETARIO EJECUTIVO DEL DESPACHO DEL MINISTRO
4212
26
27 TOTAL
2.2 DESPACHO VICEMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
N° DE CARGOS
DENOMINACION
CODIGO
GRADO
1 (uno)
VICEMINISTRO
0020
-2
(dos)
ASESOR
1020
15
1 (uno)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
18
1 (uno)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
17
1 (uno)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
16
2 (dos)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
13
1 (uno)
TECNICO OPERATIVO
3132
13
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
20
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
15
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
13
2 (dos)
CONDUCTOR MECANICO
4103
19
1 (uno)
SECRETARIO BILINGUE
4182
26
1 (uno)
SECRETARIO EJECUTIVO
4210
20
1 (uno)
SECRETARIO EJECUTIVO DEL DESPACHO DEL VICEMINISTRO
4215
25
20 TOTAL
2.3 DESPACHO VICEMINISTRO DE ASUNTOS MULTILATERALES
N° DE CARGOS
DENOMINACION
GRADO
1 (uno)
VICEMINISTRO
0020
-2
(dos)
ASESOR
1020
16
3 (tres)
ASESOR
1020
15
2 (dos)
TECNICO
3100
17
4 (cuatro)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
13
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
22
2 (dos)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
20
1 (uno)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
15
1 (uno)
CONDUCTOR MECANICO
4103
19
1 (uno)
SECRETARIO
4178
14
1 (uno)
SECRETARIO BILINGÜE
4182
26
1 (uno)
SECRETARIO EJECUTIVO
4210
20
2 (dos)
SECRETARIO EJECUTIVO DEL DESPACHO DEL VICEMINISTRO
4215
25
23 TOTAL
2.4 DESPACHO JEFES DE MISIONES DIPLOMATICAS Y OFICINAS CONSULARES
N° DE CARGOS
DENOMINACION
CODIGO
GRADO
53 (cincuenta y tres)
EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO
0036
25
2 (dos)
CONSUL GENERAL CENTRAL
0047
25
79 (setenta y nueve)
AUXILIAR DE MISION DIPLOMATICA
4850
26
72 (setenta y dos)
AUXILIAR DE MISION DIPLOMATICA
4850
23
51 (cincuenta y uno)
AUXILIAR DE MISION DIPLOMATICA
4850
20
60 (sesenta)
AUXILIAR DE MISION DIPLOMATICA
4850
18
47 (cuarenta y siete)
AUXILIAR DE MISION DIPLOMATICA
4850
16
364 TOTAL
2.5 PLANTA GLOBAL
N° DE CARGOS
DENOMINACION
CODIGO
GRADO
1 (uno)
SECRETARIO GENERAL DE MINISTERIO
0035
25
67 (sesenta y siete)
MINISTRO PLENIPOTENCIARIO
0074
22
1 (uno)
DIRECTOR DE ACADEMIA DIPLOMATICA
0086
22
1 (uno)
DIRECTOR GENERAL DEL PROTOCOLO
0087
22
1 (uno)
DIRECTOR TECNICO
0100
23
12 (doce)
DIRECTOR TECNICO
0100
22
1 (uno)
DIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO
0100
22
1 (uno)
JEFE DE OFICINA
0137
20
3 (tres)
ASESOR
1020
15
5 (cinco)
ASESOR
1020
13
5 (cinco)
ASESOR
1020
11
2 (dos)
ASESOR
1020
09
1 (uno)
ASESOR
1020
08
6 (seis)
ASESOR
1020
07
25 (veinticinco)
ASESOR
1020
06
17 (diecisiete)
ASESOR
1020
04
13 (trece)
ASESOR
1020
03
7 (siete)
ASESOR
1020
02
1 (uno)
ASESOR
1020
01
40 (cuarenta)
MINISTRO CONSEJERO
1014
13
68 (sesenta y ocho)
CONSEJERO DE RELACIONES EXTERIORES
1012
11
1 (uno) J
EFE DE OFICINA ASESORA DE JURIDICA
1045
14
1 (uno)
JEFE DE OFICINA ASESORA DE PLANEACION
1045
14
1 (uno)
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
2028
13
2 (dos)
PROFESIONAL ESPECIALIZADO
2028
12
1 (uno)
PROFESIONAL UNIVERSITARIO
2044
10
2 (dos)
PROFESIONAL UNIVERSITARIO
2044
07
1 (uno)
PROFESIONAL UNIVERSITARIO
2044
01
83 (ochenta y tres)
PRIMER SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES
2112
19
106 (ciento seis)
SEGUNDO SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES
2114
15
68 (sesenta y ocho)
TERCER SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES
2116
11
1 (uno)
TECNICO
3100
18
4 (cuatro)
TECNICO
3100
17
3 (tres)
TECNICO
3100
14
7 (siete)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124
15
11 (once)
TECNICO ADMINISTRATIVO 3124 13
3 (tres)
TECNICO ADMINISTRATIVO
3124 11
2 (dos)
TECNICO OPERATIVO
3132
14
1 (uno)
TECNICO OPERATIVO
3132
13
3 (tres)
TECNICO OPERATIVO
3132
11
1 (uno)
TECNICO OPERATIVO
3132
10
21 (veintiuno)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
20
8 (ocho)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
18
12 (doce)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
15
29 (veintinueve)
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
4044
13
20 (veinte)
CONDUCTOR MECANICO
4103
13
7 (siete)
CONDUCTOR MECANICO
4103
11
11 (once)
OPERARIO CALIFICADO
4169
13
2 (dos)
SECRETARIO
4178
14
10 (diez)
SECRETARIO EJECUTIVO
4210
20
6 (seis)
SECRETARIO EJECUTIVO
4210
18
706 TOTAL
Artículo 3°. Fíjase en noventa y seis (96) el número máximo de personas locales que, por necesidades del servicio, y para desempeñar labores de apoyo administrativas y técnicas en el exterior, podrá contratar el Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo con la normatividad del país receptor.
Parágrafo. Para los efectos del presente decreto, de conformidad con la Convención de Viena de 1961 sobre Relaciones Diplomáticas, la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y el Decreto ley 274 de 2000, se entiende por locales los nacionales o residentes permanentes del Estado receptor.
Artículo 4°. Los empleados públicos de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el presente decreto y no sean incorporados en los cargos que establece el artículo 2° del presente decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo equivalente, de conformidad con lo consagrado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto Reglamentario 1227 de 2005, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 760 de 2005 y demás normas vigentes sobre la materia.
Artículo 5°. El Ministro de Relaciones Exteriores mediante resolución, distribuirá los empleos de la planta global y ubicará al personal teniendo en cuenta la estructura, funciones, procesos, planes, programas, proyectos y necesidades de la Entidad.
Artículo 6°. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 2° del presente decreto, se hará dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 909 de 2004, el Decreto ley 760 de 2005, el Decreto 1227 de 2005 y demás normas sobre la materia.
Artículo 7°. Transición de la planta externa. La supresión de los cargos que se encuentren provistos en la planta externa al momento de entrar en vigencia el presente decreto, se hará efectiva una vez se genere la vacancia definitiva del empleo, con excepción de los cargos ocupados por funcionarios que poseen características de local, cuya supresión será efectiva a partir de la vigencia del presente decreto, salvo los cargos ocupados por funcionarios que poseen características de local que cumplan con los requisitos para pensionarse dentro los próximos tres años, contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, en estado de embarazo o en periodo de lactancia, durante el término que dure esta condición.
Parágrafo 1°. La Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores certificará los cargos vacantes de la planta externa existentes al momento de entrar en vigencia el presente decreto, los cargos de los funcionarios que poseen características de local y los cargos de los funcionarios con características de local que cumplan con los requisitos para pensionarse dentro los próximos tres años, contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, en estado de embarazo o en periodo de lactancia, durante el término que dure esta condición.
Parágrafo 2°. Los cargos creados mediante el presente decreto para las misiones diplomáticas y oficinas consulares, sólo podrán ser provistos una vez se haga efectiva la supresión del cargo por vacancia definitiva del empleo perteneciente a la planta externa en transición.
Artículo 8°. Los empleados públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
Artículo 9°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga los Decretos 111 de 2004; 4590 de 2006, 1961 de 2008 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 7 de septiembre de 2009.
ÁLVARO URIBE VELEZ
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Jaime Bermúdez Merizalde.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.