DECRETO 3306 DE 2008
(septiembre 3)
por el cual se deroga el Decreto número 1901 del 9 de junio de 2005.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades Constitucionales y legales que le confiere el artículo 304 de la Constitución Política de Colombia, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto número 1901 del 9 de junio de 2005, por medio del cual se le impuso sanción al señor Miguel Enrique Raad Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía número 9075842 de Cartagena, en su calidad de Gobernador del departamento de Bolívar, de multa de quince (15) días de salario devengado para el año 2000, equivalente a la suma de dos millones quinientos diecisiete mil tres pesos con 50/100 ($2.517.003.50) moneda corriente;
Que mediante Oficio número 00524 del 6 de agosto de 2008, la Secretaría del Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Cartagena, comunicó que en sentencia de fecha 27 de mayo de 2008, proferida por el honorable Tribunal Administrativo de Bolívar, fue declarada la nulidad de los fallos de primera y segunda instancia proferidos por la Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal y por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, respectivamente. Igualmente se ordenó la cancelación de la sanción de la multa impuesta y a levantar la anotación en la hoja de vida del señor Miguel Enrique Raad Hernández;
Que en mérito de lo expuesto, se hace necesario dejar sin efectos el Decreto número 1901 del 9 de junio de 2005,
DECRETA:
Artículo 1°. Derogar por las razones expuestas en la parte motiva el Decreto número 1901 del 9 de junio de 2005.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 3 de septiembre de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.