DECRETO 3305 DE 2009

Decretos 2009

            DECRETO 3305 DE 2009     

(septiembre 2)    

por el cual se  aprueba la modificación de la planta de personal de la Empresa Social del  Estado Luis Carlos Galán Sarmiento, en Liquidación.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto  3202 de 24 de agosto de 2007, en virtud del cual se suprime y ordena la  liquidación de la Empresa Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento.    

Que mediante el Decreto  4992 del 31 de diciembre de 2007 y el 1522 del 9 de mayo de 2008, se  suprimieron, entre otros, un cargo de Jefe de Oficina Asesora de Planeación  Código 1045 Grado 15 de 8 horas, dos cargos de Auxiliar Administrativo código  4044 grado 21 de 8 horas y un cargo de Auxiliar de Servicios Asistenciales  Código 4056 Grado 20 de 8 horas.    

Que los funcionarios que desempeñaban dichos  cargos deben ser reintegrados, de conformidad con las siguientes sentencias de  tutela así:    

Que mediante fallo expedido por el Tribunal  Superior de Bogotá, Sala Laboral, expedido dentro del proceso de Tutela en  Segunda Instancia número 01200900365- 01 del 3 de julio de 2009, se ordenó el  reintegro de la funcionaria Inidida Durán Porto en el cargo: Jefe de Oficina  Asesora de Planeación Código 1045 Grado 15, jornada 8 horas.    

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de  Bogotá Sala Laboral Tutela número 200900342 01 del 8 de julio de 2009, ordenó  el reintegro de la funcionaria Yuly Vera Grisales en el cargo de Auxiliar  Administrativo Código 4044 Grado 21, jornada 8 horas.    

Tutela número 2009-0565 del 24 de junio de  2009, proferido por el Juez Primero (1°) Laboral del Circuito de Bogotá, ordenó  el reintegro del funcionario Jean Pierre Gravier Rey en el cargo: Auxiliar  Administrativo Código 4044 Grado 21, jornada 8 horas.    

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de  Bogotá Sala Penal Tutela número 110013104008 2009 00165 01 del 2 de julio de  2009, ordenó el reintegro de la funcionaria Gabriela Barbosa en el cargo de  Auxiliar de Servicios Asistenciales Código 4056 Grado 20, jornada 8 horas.    

Que para dar cumplimiento a las sentencias de  tutela se hace necesario crear en la planta de personal de la Empresa Social  del Estado los citados cargos.    

Que para dar  cumplimiento a lo ordenado por el Decreto  3202 de 24 de agosto de 2007, el liquidador de la Empresa Social del Estado  Luis Carlos Galán Sarmiento en Liquidación presentó al Departamento  Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el  artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para  efectos de modificar la planta de personal, la cual obtuvo concepto técnico  favorable de este Departamento Administrativo.    

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de  Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal para la modificación  de la planta de cargos de la Empresa Social del Estado Luis Carlos Galán  Sarmiento en liquidación.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Apruébase la modificación de la Planta de Personal de la  Empresa Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento en liquidación creándose  los siguientes cargos de empleados públicos de manera transitoria:    

PLANTA  TRANSITORIA    

PLANTAGLOBAL   

N° CARGOS                    

DENOMINACION                    

Código                    

Grado                    

Jornada   

1 (uno)                    

JEFE DE OFICINA ASESORA DE PLANEACION                    

1045                    

15                    

8   

2 (dos)                    

AUXILIAR ADMINISTRATIVO                    

4044                    

21                    

8   

1 (uno)                    

A U X I L I A R D E S E R V I C I O S ASISTENCIALES                    

4056                    

20                    

8    

Parágrafo. Los empleos creados en el presente artículo quedarán automáticamente  suprimidos en el evento en que los fallos citados en los considerandos sean  revocados en segunda instancia; de lo contrario se mantendrán hasta el cierre  de la liquidación.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación y modifica en lo pertinente el Decreto  3792 del 17 de noviembre de 2004.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de septiembre de 2009.    

ALVARO  URIBE VELEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Oscar Iván Zuluaga Escobar.    

El Ministro de la Protección Social,    

Diego Palacio Betancourt.    

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Elizabeth  Rodríguez Taylor    

               

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