DECRETO 3239 DE 2007

Decretos 2007

DECRETO 3239 DE 2007    

(agosto 27)    

por  el cual se hace efectiva una sanción disciplinaria impuesta al Notario Unico  del Círculo de Madrid y se efectúa un encargo.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 3 del  artículo 172 de la Ley 734 de 2002, los  artículos 5° del Decreto 2163 de 1970,  66 del Decreto  Reglamentario 2148 de 1983, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante resolución número 5060  del 14 de agosto de 2006, la Dirección de Vigilancia de la Superintendencia de  Notariado y Registro, profirió fallo de primera instancia, sancionando al señor  Crescencio González Rodríguez, identificado con la cédula de ciudadanía número 186622  expedida en Anolaima, Cundinamarca, en su calidad de Notario Unico de Madrid, Cundinamarca,  con suspensión en el ejercicio del cargo por el término de treinta días;    

Que mediante Resolución número 2549  del 24 de abril de 2007, la Superintendente de Notariado y Registro resolvió el  recurso de apelación interpuesto contra la Resolución número 5060 del 14 de  agosto de 2006, confirmando la sanción de suspensión en el ejercicio del cargo  por el término de treinta (30) días;    

Que la Superintendente Delegada para  el Notariado, remitió al señor Ministro del Interior y de Justicia, para los  fines pertinentes, fotocopia de la Resolución número 2549 del 24 de abril de  2007, por medio de la cual resolvió el recurso de apelación, en la cual obra la  constancia de ejecutoria del fallo en la misma fecha;    

Que conforme al artículo 172 numeral  3 de la Ley 734 de 2002,  corresponde al nominador hacer efectivas las sanciones disciplinarias que se  impongan a los servidores públicos de libre nombramiento y remoción o de  carrera;    

Que corresponde al Gobierno  Nacional, en su condición de nominador, hacer efectiva la sanción impuesta al  señor Crescencio González Rodríguez y designar a la persona que lo reemplace  durante el término de suspensión;    

Que de conformidad con el artículo  5° del Decreto 2163 de 1970,  corresponde al Gobierno Nacional la designación de los Notarios de Primera  Categoría;    

Que la Sala de Consulta y Servicio  Civil del Consejo de Estado, en pronunciamiento del 28 de julio de 1994,  Radicación 624, conceptuó que los actos mediante los cuales el Presidente de la  República da cumplimiento a una sanción a instancias de autoridad competente, son  de ejecución y contra los mismos no cabe recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto  en el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo.    

DECRETA:    

Artículo 1°. En cumplimiento de lo  dispuesto por la Dirección de Vigilancia de la Superintendencia de Notariado y  Registro en la Resolución número 5060 del 14 de agosto de 2006, modificada por  la Resolución número 2549 del 24 de abril de 2007 proferida por el Despacho de  la Superintendente de Notariado y Registro, hágase efectiva la sanción de suspensión  en el ejercicio del cargo por el término de treinta (30) días, al señor Crescencio  González Rodríguez, identificado con la cédula de ciudadanía número 186622  expedida en Anolaima, Cundinamarca, en su calidad de Notario Unico de Madrid,  Cundinamarca.    

Artículo 2°. Encárguese en la  Notaría Unica del Círculo de Madrid, Cundinamarca, a la señora Sonia Stella  Mendoza Cárdenas, identificada con la cédula de ciudadanía número 41527197,  expedida en Bogotá, por el término que dure la suspensión del titular.    

Artículo 3°. Por la Secretaría  General de la Superintendencia de Notariado y Registro, comuníquese este Decreto  a la Procuraduría General de la Nación para los fines previstos en el artículo  174 de la Ley 734 de 2002 y  ordénese el archivo en la hoja de vida del señor Crescencio González Rodríguez,  para que obre como antecedente disciplinario del mismo.    

Artículo 4°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Comuníquese, publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de  agosto de 2007.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de  Justicia,    

Carlos Holguín Sardi.    

               

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