DECRETO 3174 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO 3174 DE 2008    

(agosto 27)    

por medio del cual  se promulga el “Convenio de Tampere sobre el Suministro de Recursos de  Telecomunicaciones para la Mitigación de Catástrofes y las Operaciones de  Socorro en Casos de Catástrofe”, hecho en Tampere, Finlandia a los 18 días del  mes de junio de 1998.    

El Presidente de la República de Colombia, en  uso de las facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución  Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Ley 7ª  del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 1° dispone que los Tratados,  Convenios, Convenciones, Acuerdos, Arreglos u otros actos internacionales  aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas,  mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales,  mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de  ratificación, u otra formalidad equivalente;    

Que la misma ley en su artículo 2° ordena la  promulgación de los Tratados y Convenios Internacionales una vez sea  perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia;    

Que el Congreso Nacional, mediante la Ley 847  del 6 de noviembre de 2003, publicada en el Diario Oficial número  45.367 del 10 de noviembre de 2003, aprobó el “Convenio de Tampere sobre el  Suministro de Recursos de Telecomunicaciones para la Mitigación de Catástrofes  y las Operaciones de Socorro en Casos de Catástrofe”, hecho en Tampere,  Finlandia a los 18 días del mes de junio de 1998;    

Que la Corte Constitucional, en Sentencia C-557 del 1° de junio  de 2004, declaró exequible la Ley 847  del 6 de noviembre de 2003 y el “Convenio de Tampere sobre el Suministro  de Recursos de Telecomunicaciones para la Mitigación de Catástrofes y las  Operaciones de Socorro en Casos de Catástrofe”, hecho en Tampere, Finlandia  a los 18 días del mes de junio de 1998;    

Que el 12 de junio de 2008, el Gobierno de  Colombia depositó ante la Secretaría General de las Naciones Unidas el  Instrumento de Adhesión al “Convenio de Tampere sobre el Suministro de  Recursos de Telecomunicaciones para la Mitigación de Catástrofes y las  Operaciones de Socorro en Casos de Catástrofe”, hecho en Tampere, Finlandia  a los 18 días del mes de junio de 1998. En consecuencia, el citado instrumento  internacional entró en vigor para Colombia el 12 de julio de 2008, de acuerdo a  lo previsto en su artículo 12;    

Que al momento de depositar el Instrumento de  Adhesión, el Gobierno Nacional formuló la siguiente reserva:    

“El Gobierno de la República de Colombia  manifiesta como reserva al párrafo 3° del artículo 11, que el Estado colombiano  no se considera obligado por los procedimientos de solución de controversias en  él previstos”,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Promúlgase el “Convenio de  Tampere sobre el Suministro de Recursos de Telecomunicaciones para la  Mitigación de Catástrofes y las Operaciones de Socorro en Casos de Catástrofe”,  hecho en Tampere, Finlandia a los 18 días del mes de junio de 1998.    

Para ser transcrito en este lugar, se adjunta  fotocopia del texto del “Convenio de Tampere sobre el Suministro de Recursos  de Telecomunicaciones para la Mitigación de Catástrofes y las Operaciones de  Socorro en Casos de Catástrofe”, hecho en Tampere, Finlandia a los 18 días  del mes de junio de 1998.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de agosto de 2008.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Relaciones Exteriores,    

Jaime Bermúdez Merizalde.    

               

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