DECRETO 3150 DE 2008

Decretos 2008

DECRETO 3150 DE 2008    

(agosto 22)    

por el cual se aprueba la modificación del Decreto 288 de 2004.    

Nota: Derogado por el  Decreto 2697 de 2012,  artículo 2º.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le  confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Junta Directiva del Fondo Financiero de  Proyectos de Desarrollo – Fonade, en sesión del día  29 de febrero del 2008, como consta en acta 494, decidió someter a aprobación  del Gobierno Nacional la modificación de la integración de la Junta Directiva  de la entidad,    

DECRETA:    

Artículo 1°: Apruébese la modificación de la  integración de la Junta Directiva del Fondo Financiero de Proyectos de  Desarrollo – Fonade, la cual quedará así:    

1. El Director del Departamento Nacional de  Planeación, o su delegado.    

2. El Ministro de Comercio, Industria y  Turismo, quien podrá delegar en el Viceministro de Turismo.    

3. El Subdirector del Departamento Nacional de  Planeación.    

4. Un delegado del Presidente de la República.    

Parágrafo 1°. El Gerente del Fondo Financiero de  Proyectos de Desarrollo, Fonade, asistirá con voz  pero sin voto.    

Parágrafo 2°. Las sesiones de la Junta Directiva serán presididas  por el Director del Departamento Nacional de Planeación o en ausencia de este  por el Subdirector. Actuará como Secretario de la Junta Directiva el Asesor  Jurídico de Fonade, o quien haga sus veces.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación y modifica el artículo 5° del Decreto 288 de 2004.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., el 22 de agosto de  2008.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

La Directora del Departamento Nacional de  Planeación    

Carolina Rentería  Rodríguez.    

El Director del Departamento Administrativo de  la Función Pública    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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